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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2020 (28/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 28 de mayo de 2020 / El Peruano Redes Integradas de Salud (RIS), que consta de cuatro (4) Títulos, seis (6) Capítulos, veintidós (22) Artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias Finales y una (1) Disposición Complementaria Transitoria. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Salud, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa GASTÓN CÉSAR A. RODRÍGUEZ LIMO Ministro del Interior VÍCTOR ZAMORA MESÍA Ministro de Salud SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo REGLAMENTO DE LA LEY Nº 30885, LEY QUE ESTABLECE LA CONFORMACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS REDES INTEGRADAS DE SALUD - RIS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento establece disposiciones para la conformación y funcionamiento de las Redes Integradas de Salud - RIS a nivel nacional, así como los mecanismos para su monitoreo, supervisión y evaluación. Artículo 2.- Ámbito de aplicación2.1. El presente Reglamento se aplica en las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS – UGIPRESS del Ministerio de Salud –MINSA, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales. Asimismo, es aplicable a otras IAFAS, IPRESS, UGIPRESS y organizaciones públicas, privadas y mixtas que prestan o hacen arreglos institucionales para prestar servicios de salud individual o salud pública, que de manera progresiva se integren a las Redes Integradas de Salud - RIS. 2.2. La integración referida en el numeral precedente, se realiza a través de la suscripción de un convenio o contrato de integración a la RIS celebrado por la Autoridad Sanitaria Regional, la Autoridad Sanitaria de Lima Metropolitana o la Autoridad Sanitaria Local cuando corresponda, con el representante legal de la institución u organización a integrarse, la que deberá cumplir con las características técnico-asistenciales homologables; así como, con la capacidad resolutiva mínima requerida por la RIS para garantizar el acceso, oportunidad, continuidad, seguridad y calidad de las prestaciones de salud en los servicios de salud que preste la RIS Artículo 3.- De fi niciones y acrónimos 3.1. De fi niciones a) Abordaje de determinantes sociales de la salud: Forma de intervenir en aquellos componentes, estructurales e intermedios, que determinan el estado de salud de la población y las inequidades en salud, y que se mani fi estan en las condiciones en que las personas se conciben, nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen.b) Cartera de servicios de salud : Conjunto de diferentes prestaciones de salud individual o de salud pública que brinda la RIS a través de las IPRESS, basado en sus recursos humanos y recursos tecnológicos que responde a las necesidades de salud de la población y a las prioridades de políticas sanitarias sectoriales. c) Concentración poblacional: Es la conglomeración de población en un determinado territorio, determinada a través de la densidad poblacional. d) Densidad Poblacional: Corresponde al número de habitantes por kilómetro cuadrado (km2). e) Determinantes sociales de la salud: Son las circunstancias en que las personas son concebidas, nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen, incluido el sistema de salud. f) Determinantes estructurales: Son los que generan la gradiente social: ingresos, nivel educativo, ocupación, condición socioeconómica, género, pertinencia étnica. g) Determinantes intermedios: Son las condiciones materiales en las que se vive; las circunstancias psicosociales; los comportamientos o estilos de vida, los factores biológicos; y el propio sistema de salud como un determinante social. h) Equipo de Gestión de las Redes Integradas de Salud: Es el conjunto de profesionales en gestión de salud de la Unidad de Gestión de IPRESS-UGIPRESS que aseguran el buen uso de los recursos, operaciones, control y rendición de cuentas, y que gerencian las operaciones de la RIS. i) Equipo Multidisciplinario de Salud (EMS): Equipo de salud constituido por un/a médico/a, un/a enfermero/a, un/a obstetra y un/a técnico/a o auxiliar asistencial de la salud, según la disponibilidad de recursos de la RIS, el que puede incluir a otros profesionales de acuerdo a las necesidades de salud de la población asignada a la Redes Integradas de Salud. En el caso de poblaciones excluidas y dispersas, el EMS se denomina Equipo de Atención Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas – (Equipo AISPED). j) Integración clínica: Continuidad, complementa- riedad y coordinación del cuidado integral de salud de la persona usuaria de los servici os de salud a través de las diversas funciones, actividades y unidades operativas del sistema. La coordinación del cuidado integral de la salud depende fundamentalmente de la condición del/de la paciente y de las decisiones que tome el equipo de salud. k) Plan de Gestión de las Redes Integradas de Salud: Es el Plan de Salud que comprende los objetivos, estrategias, actividades, metas, recursos y mecanismos de control en salud, respecto al conjunto de intervenciones en salud individual y salud pública, así como, al abordaje de los determinantes sociales de la salud, alineado a las políticas, prioridades y estrategias defi nidas por la Autoridad Sanitaria Nacional y Autoridad Sanitaria Regional o de Lima Metropolitana. La Autoridad Regional de Salud o la Dirección de Redes Integradas de Salud en Lima Metropolitana aprueba el Plan de Salud de la RIS. El MINSA, de fi ne los criterios técnicos para su formulación. l) Población asignada a un Equipo Multidisciplinario de Salud : Conjunto de familias de la población de una Redes Integradas de Salud que es asignada a un Equipo Multidisciplinario de Salud. m) Red Integrada de Salud - RIS : Conjunto de organizaciones que presta, o hace los arreglos institucionales para prestar una cartera de servicios de salud equitativa e integral a una población de fi nida, a través de la articulación, coordinación y complementación, y que rinde cuentas por los resultados sanitarios y administrativos y por el estado de salud de la población a la que sirve. 3.2. Acrónimos AISPED Atención Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas ASN Autoridad Sanitaria Nacional ASL Autoridad de Salud Local