Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2020 / El Peruano Ministerio de la Producción, solicita la aprobación de la propuesta de reglamentación de las “Normas Especí fi cas y los Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios de la nueva tipología de zoni fi cación: Parque Industrial”, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2103; Que, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación remite el O fi cio N° 0557-20-MML-IMP-DE de fecha 24 de julio de 2020, adjuntando el Informe N° 010-20-MML-IMP-DE/DGPT de la Dirección General de Plani fi cación Territorial y el Informe N° 0062-20-MML-IMP-DE/DGVT-MCA de la Dirección General de Vialidad y Transporte, mediante el cual se analiza la información proporcionada por el Ministerio de la Producción y se encuentra conforme la propuesta de zoni fi cación, Normas Especí fi cas, Parámetros Urbanos y Edi fi catorios e Índice de Usos para la ubicación de Actividades Urbanas, señalando que: se ha determinado que el ACR Sistema de Lomas de Lima, especí fi camente el ACR Lomas de Ancón, no se superpone con el suelo cali fi cado como Parque Industrial–1 PI1 del Ministerio de la Producción, además, se ha caracterizado el ámbito de estudio en base a 3 variables físicas con lo cual se identi fi ca la aptitud de suelo urbano para fi nes industriales tomando en cuenta medidas para mitigar posibles riesgos a futuro. En ese sentido, se asigna zoni fi cación de Riesgo Geotécnico (RG) en zonas donde existe evidencia de escorrentías con el fi n de que queden como zonas libres de ocupación como medida de prevención ante la ocurrencia de eventos climáticos anómalos que generen movimientos en masa o fl ujo de detritos provenientes de las quebradas que rodean el parque industrial. Además, en las zonas que coinciden con los cerros cuya pendiente no es apta para uso industrial se cali fi ca como Zona de Protección y Tratamiento Paisajístico (PTP) con el fi n de evitar la ocupación con usos urbanos y fomentar usos forestales. Asimismo, en el borde límite con el terreno del Ministerio del Ambiente, se asigna la misma zoni fi cación de Zona Ecológica Paisajística 2 – ZEP 2 por considerarse un continuo con una misma característica física y ambiental; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 0122-2020-MML-CMDUVN, de fecha 09 de setiembre de 2020 y con dispensa del trámite de aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS NORMAS ESPECÍFICAS Y PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS DE LA TIPOLOGÍA DE ZONIFICACIÓN PARQUE INDUSTRIAL-1 PI1 Y MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ANCÓN, APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 2103-MML Artículo 1. Modi fi car el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo de las Pampas de Ancón y Piedras Gordas del distrito de Ancón, aprobado por Ordenanza Nº 2103-MML publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de junio del 2018 que, como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Aprobar la Especi fi cación Normativa y los Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios de la tipología de Zoni fi cación Parque Industrial–1 PI1 de fi nida como el patrón de asentamiento para actividades productivas correspondiente al sector industrial, servicios, almacenaje y otras actividades económicas complementarias o de soporte, plani fi cado de manera integral cuya área está dotada de infraestructura, equipamientos, servicios comunes y servicios públicos necesarios. Las especi fi caciones Normativas están conformadas por el Anexos 02 – Normas Especí fi cas de la tipología de Zoni fi cación Parque Industrial-1 PI1, el Anexo 03 – Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios y el Anexo 04 – Índice de Usos para la ubicación de Actividades Urbanas. Artículo 3. Establecer para el caso del proyecto Parque Industrial de Ancón, el régimen de aportes se ha aplicado a la totalidad del terreno propiedad de PRODUCE. En este sentido, los aportes correspondientes para servicios públicos complementarios se han reservado en las zonas califi cadas como OU y E2 aprobados por la Ordenanza N° 2103-MML, quedando pendiente los aportes para Parques Zonales y para Renovación Urbana según la normativa vigente. Artículo 4. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación del distrito de Ancón, la modi fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente ordenanza. Artículo 5. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que los Anexos que forman parte del presente dispositivo legal (www.munlima.gob.pe). POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde de Lima 1903809-4 Convocan a Elección para la Junta Vecinal Comunal del Sector Catastral N° 12 del Cercado de Lima, correspondiente a lo que resta del periodo 2019-2021 RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 013 -2020-MML-GPV Lima, 16 de noviembre del 2020VISTO, el Informe Nº 049-2020-MML-GPV-SOV de fecha 10 de noviembre de 2020, emitido por la Subgerencia de Organizaciones Vecinales de la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo regulado en el artículo 110º de la acotada ley, la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus Delegados, así como la forma de su elección y revocatoria serán establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; Que, sobre el particular, el Artículo 4 de la Ordenanza Nº 1782, que regula las Juntas Vecinales Comunales, la Junta de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo del Cercado de Lima, señala que la Juntas Vecinales Comunales del Cercado de Lima son el primer nivel de representación, siendo un total de veinte (20), y ubicadas por cada uno de los sectores catastrales de dicho distrito; Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la referida Ordenanza Nº 1782, dispone que las Elecciones para las Juntas Vecinales Comunales se realizarán según cronograma y convocatoria establecida mediante Resolución de Gerencia, emitida por la Gerencia de Participación Vecinal; Que, del mismo modo, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 008 de fecha el 30 de mayo de 2019, se aprobó el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales, Junta de Delegados Comunales y Representantes Vecinales ante el Consejo de Desarrollo Local – CODEL, en cuyos Artículos 10 y 12, se dispone que, mediante la Resolución de Convocatoria, se establecen la fecha y la hora de la realización del referido acto electoral;