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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (28/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 28 de noviembre de 2020 El Peruano / para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante los documentos del Visto las unidades orgánicas mani fi estan que resulta necesario efectuar la prórroga de la vigencia de los bene fi cios tributarios y no tributarios contenidos en la citada Ordenanza hasta el 31 de diciembre de 2020; Que, mediante Informe Legal Nº 332-2020/MDV-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica mani fi esta que resulta procedente la aprobación de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 008-2020/MDV; Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de las unidades orgánicas competentes, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º y art. 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 003-2020/MDV, que aprueba la actualización de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; DECRETA:Artículo 1°.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 08-2020/MDV; la misma que establece diversas medidas de naturaleza tributaria y no tributaria en el distrito de Ventanilla, a fi n de mitigar el impacto económico producido por el Estado de Emergencia Sanitaria – COVID-19; así como el plazo para el acogimiento establecido hasta el 31 de diciembre de 2020. Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 1906932-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FAJARDO Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Fajardo (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Fajardo, mediante O fi cio N° 717-2020-MPF-H/A, recibido el 26 de noviembre de 2020) ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2019-MPF/H Huancapi, 31 de diciembre del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FAJARDO POR CUANTO:VISTOS:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre de 2019, el INFORME TÈCNICO Nº 001-2019-OPP-MPF de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, INFORME LEGAL Nº 080-2019-MPVF/AMC-AYA de la Asesoría Jurídica, sobre Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Fajardo y su Estructura Orgánica, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 3º del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, con INFORME TÉCNICO Nº 001-2019-OPP-MPF de fecha 12 de diciembre de 2019 con visto bueno previo de los Gerentes y el Recurso Humano, remite a la Gerencia Municipal el Proyecto del “Reglamento de Organización y Funciones - (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial del Fajardo”, solicitando su aprobación; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que se ha elaborado dicho instrumento de gestión de acuerdo a los alcances del Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, que modi fi ca los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que a su vez deroga al Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que regula y da los lineamientos para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Que, el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones y su Organigrama Estructural propuesto por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes de la Corporación Edil con mayor e fi ciencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones a fi nes, la eliminación de posibles con fl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Que, contando con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Asesoría Jurídica y con los aportes de todas las Gerencias de Línea; Estando, a lo expuesto de conformidad con lo establecido en los numerales 3º y 8º del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 30 de diciembre del 2019 por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ordenanza con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FAJARDO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF (Anexo 01) y la Estructura Orgánica (Anexo 2) de la Municipalidad Provincial de Fajardo, el cual consta de ocho (08) Títulos, (197) ciento noventa y siete Artículos; que los mismos forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DISPONER, la adecuación progresiva de todos los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, adoptar las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Fajardo, a la nueva Estructura Orgánica, aprobada por la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DEROGAR, las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en materia de Organización, Funciones y Competencias. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario O fi cial El Peruano; y el texto íntegro del ROF y el nuevo Organigrama Estructural al responsable de imagen institucional publicar en el Portal Institucional de la entidad. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR MARTI PALOMINO CÁRDENAS Alcalde 1906752-1