NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 72
72 NORMAS LEGALES Viernes 11 de setiembre de 2020 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos 2020-2024 (PIGARS) ORDENANZA N° 2269 Lima, 7 de setiembre de 2020EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y, de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social y de Asuntos Legales, en sus Dictámenes N° 011-2020-MML/CMMASBS y N° 058-2020-MML/CMAL, de fechas 25 de mayo y 03 de setiembre de 2020, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta; Ha dado la siguiente: ORDENANZA APRUEBA EL PLAN PROVINCIAL DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS 2020-2024 (PIGARS) Artículo 1. Aprobar el Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos 2020-2024 (PIGARS), cuyo texto en Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Equipo Técnico Provincial, conformado mediante Resolución de Alcaldía N° 450 del año 2019, el seguimiento y evaluación de los avances del Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos 2020-2024, aprobado en el artículo precedente. Artículo 3. Encargar a la Secretaria General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial El Peruano y el íntegro del texto del Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos 2020-2024, en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- Deróguese la Ordenanza N° 1803, que aprobó el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la Provincia de Lima 2015-2025, así como su modi fi catoria contenida en la Ordenanza N° 1978. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1883882-2Ratifican la Ordenanza Nº 491-MDSMP que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2020, en el distrito de San Martín de Porres ACUERDO DE CONCEJO Nº 177 Lima, 30 de junio de 2020EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA:POR CUANTO;El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, el O fi cio Nº D000076-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria–SAT, mediante el cual remite el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº491-MDSMP que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2020, en el distrito de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por Ordenanza Nº 2085, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima; la municipalidad distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, solicitando a la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización la autorización para la presentación extemporánea del expediente, ello conforme a lo regulado en el artículo 5 de la Ordenanza Nº 2085; mediante Acuerdo de Comisión Nº 001-2020-MML/CMAEO se autoriza al Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT a evaluar y recepcionar la referida ordenanza, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada; Que, en ese sentido, en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Sistema de Administración Tributaria - SAT emitió el Informe Nº D000123-2020-SAT-GAJ, opinando que procede la rati fi cación requerida, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 2085, y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional; Que, el monto por concepto del derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, por primer predio exigible a los contribuyentes asciende a S/ 2.40, en tanto que por predio adicional el monto es de S/ 0.30, los cuales han sido determinados de acuerdo con el costo efectivo de la prestación del servicio; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº040-2020-MML/CMAEO, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo 1.- Ratifi car la Ordenanza Nº 491-MDSMP que establece el derecho de emisión mecanizada de