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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Viernes 11 de setiembre de 2020 El Peruano / Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chiclayo, a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2020. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Zully Del Rosario Santamaría Calle, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chiclayo, con reserva de su plaza de origen. Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Ana Bersabeth Rivadeneira Flores, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chiclayo, con reserva de su plaza de origen. Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo tercero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2020, en virtud a lo dispuesto por Resoluciones de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063 y 127-2019-MP-FN-JFS, de fechas 07 de junio y 27 de diciembre de 2019, respectivamente. Artículo Sexto.- Disponer que el nombramiento y designación de manera temporal del personal fi scal señalado en el artículo cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2020. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las abogadas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1884075-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de Ríos Figueroa & Asociados Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 2097-2020 Lima, 27 de agosto del 2020EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Víctor Santiago Ríos Suarez para que se autorice la inscripción de la empresa RIOS FIGUEROA & ASOCIADOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. N’ 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Seguros en el Registro respectivo;Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa RIOS FIGUEROA & ASOCIADOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro; y, De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N’ 26702 y sus modi fi catorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos — TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro, Sección De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa RIOS FIGUEROA & ASOCIADOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. , con matrícula Nº J-0899. Artículo Segundo.- La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1883923-1 Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. la conversión de agencias en oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Cusco y Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 02159-2020 Lima, 6 de septiembre de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCACONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 2129-2020 de fecha 31 de agosto de 2020, esta Superintendencia autorizó al Banco Azteca, la conversión de dos (2) agencias a o fi cinas especiales; Que, esta Superintendencia debido a un error material, consignó incorrectamente en la Resolución SBS Nº 2129-2020 el nombre del distrito en una de las agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 2129-2020 de fecha 31 de agosto de 2020. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A., la conversión de dos (2) agencias en o fi cinas especiales según el siguiente detalle: Nº Dirección Tipo Distrito Provincia Departamento 1Av. Manuel Cayo Zevallos 205Ofi cina EspecialSicuani Canchis Cusco 2Av. Viña del Mar Nº 114 Mz. 3 Lt. 8 Zona AOfi cina EspecialJacobo HunterArequipa Arequipa Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA TERESA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1882849-1