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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (17/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 17 de setiembre de 2020 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCION JEFATURAL N° 197-2020-J-OPE/INS Fe de Erratas de la Resolución Jefatural N° 197-2020-J-OPE/INS, publicada en la edición del día 11 de setiembre de 2020, en la página 20. En la fecha de la Resolución Jefatural;DICE:Lima, 10 de agosto de 2020DEBE DECIR:Lima, 10 de setiembre de 2020 1885539-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Rectifican error material de los montos a transferir contenido en los ítems 6 y 7 del Artículo 2 de la Resolución 036-2020-OS/GRT RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 042-2020-OS/GRT Lima, 16 de setiembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Osinergmin N° 036-2020- OS/GRT (en adelante “Resolución 036”), publicada el 01 de setiembre de 2020, se modi fi có la lista de bene fi ciarios del subsidio Bono Electricidad y se aprobó el respectivo programa de transferencias, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.5 de la norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 074-2020” aprobada por Resolución N° 021-2020-OS/GRT y lo establecido en el numeral 8.4 de la norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 074-2020”, respectivamente; Que, como resultado de una revisión técnica realizada de o fi cio, se ha identi fi cado un error tipográ fi co en los montos totales a transferir del programa de transferencias de dos empresas, al que se hace referencia en el Artículo 2 de la Resolución 036, al haberse consignado en una empresa el monto que le correspondía a otra y viceversa, pues en el ítem 6 a la empresa Electro Sur Este S.A.A. le corresponde el monto de S/ 14 522 794, y en el ítem 7 a la empresa Electronorte S.A. le corresponde el monto de S/ 14 982 670; Que, conforme lo dispone el Artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados en cualquier momento, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, de lo expuesto, se considera procedente la recti fi cación del Artículo 2 de la Resolución 036, y por tanto, consignar los montos a transferir correspondientes a las empresas Electro Sur Este S.A.A. y Electronorte S.A.; Que, se ha emitido el Informe Técnico Legal N° 425- 2020-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 010-2016-PCM, y en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Rectificar el error material de los montos a transferir contenido en los ítems 6 y 7 del REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES