NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (26/09/2020)
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TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2020 El Peruano / 2020, hasta por la suma de S/ 13 040 640,00 (TRECE MILLONES CUARENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diecinueve (19) Gobiernos Regionales, para fi nanciar, de forma complementaria, el otorgamiento, correspondiente al mes de marzo, de la boni fi cación extraordinaria del personal de los referidos pliegos, dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, en el marco del numeral 1.1 del artículo 1 y el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 069-2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 13 040 640,00 =========== TOTAL EGRESOS 13 040 640,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 243 520,002.3 Bienes y Servicios 345 600,00 PLIEGO 131 : Instituto Nacional de Salud CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE2.1 Personal y Obligaciones Sociales 15 120,002.3 Bienes y Servicios 18 000,00 PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE2.1 Personal y Obligaciones Sociales 720,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE2.1 Personal y Obligaciones Sociales 7 835 760,002.3 Bienes y Servicios 2 581 920,00 =========== TOTAL EGRESOS 13 040 640,00 ===========1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de la transferencia de partidas por unidades ejecutoras se consignan en el Anexo “Boni fi cación Extraordinaria a favor del personal dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, correspondiente al mes de marzo” que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. 1.3. La lista de los bene fi ciarios del bono extraordinario, al que se re fi ere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, correspondiente al mes de marzo, es publicada por el Ministerio de Salud en su portal institucional (www.gob.pe/minsa) en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2 . Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La desagregación de ingresos de los recursos autorizados en la presente Transferencia de Partidas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, se registra en la partida de ingreso 1.8.1 2.1 1 por concepto “Bonos del Tesoro Público”; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3 . Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4 . Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1888160-4 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Centro de Formación en Turismo DECRETO SUPREMO Nº 283-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA