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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (23/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 23 de abril de 2021 El Peruano / Artículo 2.- Custodia del contenido del Cuarto Listado de Personas Bene fi ciarias de la entrega económica dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 063-2020 El Cuarto Listado de Personas Bene fi ciarias de la entrega económica dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, y el CD con la información detallada y de sustento del mismo, queda bajo la custodia de la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones, a fi n de garantizar la con fi dencialidad, integridad y disponibilidad de dicha información. Artículo 3.- Sobre los abonos de la entrega económica La fecha de los abonos de la entrega económica en el Banco de la Nación será comunicada a través del Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), y de los canales telefónicos habilitados para tal fi n. Artículo 4.- Publicación en el Portal Institucional del MINJUSDH Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo 1 será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO ERNESTO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1946573-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Cajamarca, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 117-2021-MIMP Lima, 21 de abril de 2021 Vistos, el Informe Técnico N° D000035-2021-MIMP- DIBP-SDB y la Nota N° D000102-2021-MIMP-DIBP de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, la Nota N° D000160- 2021-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota N° D000441-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020, establece con relación a la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, que está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, siendo la referida designación formalizada a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, se encuentra vacante uno de los cargos de miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Cajamarca, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar a el/la representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Cajamarca, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor GROVER PERCY BASILIO AGUILAR como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Cajamarca, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1946089-1 PRODUCE Aprueban Norma Técnica Peruana referida a Jeringas hipodérmicas estériles de un solo uso RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 005-2021-INACAL/DN Lima, 19 de abril de 2021 VISTO: El acta de fecha 16 de abril de 2021 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes;