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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (23/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Viernes 23 de abril de 2021 / El Peruano Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales, Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados”; Que, a través del literal h) del numeral 16.1, y numerales 16.2 y 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, se establece, respectivamente: i) Autorizar al SIS, de manera excepcional, a efectuar transferencias para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; ii) que, las referidas transferencias deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la misma que debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública que trans fi ere recursos públicos, salvo aquellos señalados en el acápite v del literal n) del numeral 16.1 precitado, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron dichos recursos; Que, con el Informe Nº 020-2021-SIS/OGPPDO- DADZ con Proveído Nº 058-2021- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO otorga las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 546 y Nº 547, por el importe de S/ 2 203,006.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL SEIS Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y el importe de S/ 133 280.00 (CIENTO TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHETA Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, respectivamente, correspondiente a las transferencias fi nancieras a favor de las unidades ejecutoras en el marco de los Convenios, Adendas y actas de compromisos suscritos, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud no tarifadas de Procedimientos Especiales Tercerizados y Subcomponente Prestacional brindadas a los asegurados del SIS, en mérito a los Memorandos Nº 280 y 290-2021-SIS/GNF; Que, mediante Informe Conjunto Nº 007-2021- SIS/GNF-SGF/VHSN con Proveído Nº 325-2021-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento – GNF propone realizar la programación de las transferencias fi nancieras por la modalidad retrospectiva por el importe de S/ 2 203,006.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL SEIS Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, y por el importe de S/ 133 280.00 (CIENTO TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, a favor de las unidades ejecutoras para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud no tarifadas de Procedimientos Especiales Tercerizados y Subcomponente Prestacional brindadas a los asegurados del SIS al cierre de la liquidación del periodo 2020, en el marco de los Convenios, Adendas y actas de compromisos suscritos; Que, a través del Informe Nº 039 -2021-SIS/OGAJ-DE- EYAZ con Proveído Nº143 - 2021-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la GNF y la OGPPDO, considera que se cumple con el marco legal vigente por lo que corresponde emitir la Resolución Jefatural que apruebe las transferencias fi nancieras a favor de las unidades ejecutoras que se detallan en el Informe Conjunto Nº 007-2021- SIS/GNF-SGF/VHSN, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud no tarifadas de Procedimientos Especiales Tercerizados y Subcomponente Prestacional brindadas a los asegurados del SIS; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Directora General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 2 203,006.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios por la modalidad retrospectiva a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 – Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios Abril 2021, que forma parte integrante de la presente Resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud no tarifadas de Procedimientos Especiales Tercerizados y Subcomponente Prestacional brindadas a los asegurados del SIS al cierre de la liquidación del periodo 2020, en el marco de los Convenios, Adendas y actas de compromisos suscritos. Artículo 2 .- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 133 280.00 (CIENTO TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados por la modalidad retrospectiva a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo Nº 02 – Transferencia Financiera – Recursos Directamente Recaudados Abril 2021, que forma parte integrante de la presente Resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud no tarifadas de Procedimientos Especiales Tercerizados y Subcomponente Prestacional brindadas a los asegurados del SIS al cierre de la liquidación del periodo 2020, en el marco de los Convenios, Adendas y actas de compromisos suscritos. Artículo 3.- Precisar que las unidades ejecutoras que reciban las transferencias fi nancieras por prestaciones de salud deben incorporar los recursos fi nancieros transferidos por la UE 001 SIS, diferenciando su incorporación y ejecución de los recursos fi nancieros a través de actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales. Artículo 4 .- Precisar que los recursos a que se re fi ere los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 5.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detallen las transferencias descritas en el Anexo Nº 01 de la presente Resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA MELBA MÁ CÁRDENAS Jefa del Seguro Integral de Salud 1946547-1 Designan temporalmente responsable de la conducción y actualización del Portal de Transparencia de la Institución, y de la atención de solicitudes de Acceso a la Información Pública del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 049-2021/SIS Lima, 22 de abril de 2021VISTOS: La Nota Informativa Nº 032-2021-SIS/OGIIT y el Memorando Nº 061- 2021-SIS/OGIIT de la O fi cina