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72 NORMAS LEGALES Viernes 23 de abril de 2021 / El Peruano Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con el Voto Unánime de los Señores Regidores, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA DE MANERA EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL EL PROCEDIMIENTO DE VISACIÓN DE PLANOS DE LOTIZACIÓN, TRAZADO DE VÍAS Y LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA LOS CENTROS POBLADOS BENEFICIARIOS DE LOS ESQUEMAS: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DISTRITO DE LURÍN” Y “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL ESQUEMA JOSÉ GÁLVEZ SECTOR 315 DISTRITO VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Y ESQUEMA VILLA ALEJANDRO DISTRITO DE LURÍN” TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I - OBJETIVOS, BASE LEGAL Y ALCANCE Artículo Primero .- La presente ordenanza tiene por objeto regular de manera extraordinaria y excepcional el procedimiento para la visación de planos de lotización y trazado de vías y la expedición de la constancia para dotación de servicios básicos para los centros poblados bene fi ciarios de los esquemas: “Mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima” y “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado para el esquema José Gálvez Sector 315 Distrito Villa María del Triunfo y esquema Villa Alejandro Distrito de Lurín”. Artículo Segundo.- La presente ordenanza se sustenta en la siguiente base legal: 1. La Constitución Política del Perú. 2. Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.3. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 4. Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos y su Reglamento. 5. Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastre (SINAGERD). Y demás leyes, normas técnicas de alcance nacional, Ordenanzas provinciales y Distritales que correspondan. Artículo Tercero.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Única y exclusivamente para los centros poblados bene fi ciarios que forman parte de los esquemas que viene trabajando SEDAPAL identi fi cados dentro la jurisdicción del Distrito de Lurín. Artículo Cuarto.- BENEFICIARIOS. Los bene fi ciarios de la presente Ordenanza son los Centros Poblados y/o juntas directivas reconocidos o que puedan bene fi ciarse de los esquemas: “Mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima” y “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado para el esquema José Gálvez Sector 315 distrito Villa María del Triunfo y Esquema Villa Alejandro distrito de Lurín”. Las áreas de los Centros Poblados bene fi ciarios no deberán encontrarse inmersos en con fl ictos de interés, ya sean vecinales, judiciales o administrativos.Deberán sujetarse a lo regulado por la Ley Nº 28687 – Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos. CAPÍTULO II - DEFINICIONES. Artículo Quinto.- Para la presente ordenanza se aplicará las siguientes de fi niciones: Posesionario.- Es la persona natural que ocupa un lote de vivienda de manera pública pací fi ca y continua dentro de uno de los centros poblados bene fi ciarios. El lote ocupado no deberá contar con servicios de agua potable y alcantarillado brindados por SEDAPAL. Posesión.- Ejercicio de hecho, de uno o más atributos inherentes a la propiedad. No es considerado poseedor a quién se encuentre en relación de dependencia respecto de otro, conservando la posesión en nombre de éste y en cumplimiento de órdenes e instrucciones suyas. Copropiedad.- Cuando un bien pertenece por cuotas ideales a dos o más personas. Constancia de posesión, para poblador de centro poblado bene fi ciario de los esquemas de sedapal. – Es el documento emitido por la Municipalidad de Lurín que identi fi ca al posesionario/propietario de un lote que forma parte de uno de los centros poblados bene fi ciarios de los mencionados esquemas. Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de Lurín. Administrado(s).- Toda junta directiva de un centro poblado bene fi ciario que presente su solicitud de visación de planos de lotización y trazado de vías y la expedición de la constancia de posesión para poblador de centro poblado bene fi ciario de los esquemas de sedapal, que se emitirá a cada lote. Junta Directiva.- Es el órgano reconocido como representante de un centro poblado bene fi ciario. Padrón de posesionarios o propietarios.- Listado con cada uno de los nombres de los poseedores o propietarios de los lotes que forman parte de la lotización residencial de un centro poblado bene fi ciario de los esquemas de agua y alcantarillado. Nombre de los asociados, acreditados en el Libro donde se registra a todos los asociados y sus bene fi ciarios de una Organización comunal o social. Plano de Ubicación.- Plano a escala adecuada para una correcta percepción del predio, se presenta ante la Municipalidad Distrital de Lurín (permite ubicar exactamente el predio, sus medidas perimétricas, su ubicación respecto de la calle, detalles de las vías cercanas. En el plano se debe de achurar el lote, las escalas utilizadas en este plano suelen estar entre 1/200 a 1/2000). Plano de Localización.- Muestra la ubicación de la manzana o predio donde se ubica el lote en relación con las áreas urbanas más cercanas y a las vías principales y lugares públicos notables, que puedan servir como referencia (avenidas, plazas, óvalos, mercados, etc). También debe de estar orientado es decir debe de tener el norte. Se suele utilizar las escalas de: 1/5000 a 1/15000. Planos de lotización y trazado de vías.- debe entenderse como el levantamiento de la realidad física pre-existente, georreferenciado a la Red Geodésica Nacional referida al datum y proyección en coordenadas ofi ciales WGS84, que incluya la relación de manzanas y lotes que conforman la posesión. Deberá integrarse al sistema vial metropolitano y local distrital, respetando la continuidad de las vías existentes. El sistema vial local distrital se encontrará en permanente actualización. Centro Poblado Bene fi ciario.- Centro poblado que forma parte de alguno de los siguientes esquemas: “Mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima” y “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado para el esquema José Gálvez Sector 315 distrito Villa María del Triunfo y Esquema Villa Alejandro distrito de Lurín”.