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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (23/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Viernes 23 de abril de 2021 El Peruano / ellos, la participación por parte de los vecinos exclusivos y puntuales en sorteos; Que, resulta necesario aprobar la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2021 dirigido a los contribuyentes que cumplieron de manera voluntaria y oportuna con sus obligaciones tributarias, así como establecer las nuevas disposiciones que regulen la realización del mismo; Con la recomendación de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente; con los pronunciamientos técnico y legal favorables de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA:Artículo Primero: APROBAR la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2021, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio. Artículo Segundo: APROBAR el Reglamento del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2021, que consta de doce (12) acápites, y que, como Anexo, forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Articulo Tercero: ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás que resulten competentes; a la Secretaría General, su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, su publicación, incluido el Anexo, en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCIA GODOS Alcalde 1945871-1 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Ordenanza que regula de manera extraordinaria y excepcional el procedimiento de visación de planos de lotización, trazado de vías y expedición de constancia de posesión para Centros Poblados beneficiarios de esquemas referidos a mejoramiento de sistemas de agua potable y alcantarillado ORDENANZA MUNICIPAL Nº 418-2021/MDL Lurín, 14 de abril de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURINVISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Legales Nº 014-2021-CPAL-REG/MDL, el Dictamen de la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano Nº 003-2021-CPDU-REG/MDL, el Memorándum Nº 092-2021-GM/ML de fecha 06 de abril de 2021 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 100-2021-GAJ/ML de fecha 30 de marzo de 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 107-2021-GDU/ML de fecha 29 de marzo de 2021, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 054-2021-MASCH-AL-GDU/ML de fecha 26 de marzo de 2021, emitido por el Asesor Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 047-2021-SGOPr-GDU/ML de fecha 26 de marzo de 2021, de la Sub gerencia de Obras Privadas, el Informe Nº 052-2021-GPV/ML de fecha 26 de marzo de 2021 de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe Nº 095-2021-SGPUC-GDU/ML de fecha 24 de marzo de 2021, de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 001-2021-JADV de fecha 24 de marzo de 2021, emitido por el especialista en Plani fi cación Urbana y el Expediente Nº 3863-2021 de fecha 19 de marzo de 2021, remitido por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL, y; CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipales, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 74º de la mencionada norma, establece que las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralización; Que, el artículo 79º de la misma Ley señala que son funciones exclusivas de las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo las de aprobar el plan urbano o rural distrital, según corresponda, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia, reconocer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalización y las demás funciones especí fi cas establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia, entre otros, la visación de planos y constancia de posesión para obtener el servicio de agua y desagüe; Que mediante Dictámenes de la Comisión Permanente de Asuntos Legales Nº 014-2021-CPAL-REG/ML y la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano Nº 003-2021-CPDU-REG/ML, ambas de fecha 12 de abril de 2021, expresan dictamen favorable sobre el proyecto de Ordenanza Municipal que regula de manera Extraordinaria y Excepcional el Procedimiento de Visación de Planos de Lotización y Trazado de Vías y la expedición de la Constancia de Posesión para los Centros Poblados Bene fi ciarios de los Esquemas: “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado distrito de Lurín” y “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema José Gálvez sector 315 distrito Villa María del Triunfo y Esquema Villa Alejandro distrito de Lurín”;