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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (24/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Sábado 24 de abril de 2021 El Peruano / Que, el artículo 54º del marco legal precitado estipula que, la contabilidad se lleva de acuerdo con las normas generales de la Contabilidad Pública, a no ser que la ley imponga otros criterios contables simpli fi cados. Los registros y los libros respectivos deben estar legalizados. Fenecido el ejercicio presupuestal, bajo responsabilidad del Gerente Municipal o quien haga sus veces, se formula el Balance General de Ingresos y Egresos y se presenta la Memoria Anual, documentos que deben ser aprobados por el Concejo Municipal dentro de los plazos establecidos en el Sistema Nacional de Contabilidad; Que, el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 1438 señala que, el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se ejecuta y evalúa el registro contable de los hechos económicos, fi nancieros y patrimoniales del sector público, en armonía con la normativa contable internacional vigente; Que, mediante Memorándum Nº 141-2021-MDP/ GPP de fecha 08 de marzo de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite información a la Sub Gerencia de Contabilidad consistente en lo siguiente: 1) Memorial, 2) Notas de Estados Presupuestarios, 3) Pantallazo del Cierre de Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto: Cierre, Anual-Pliego, 3) Reporte de Ejecución de Ingresos 2020 (PP-1) y el 4) Reporte de Ejecución de Ingresos 2020 (PP-2); Que, mediante Informe Nº 068-2021-SGC/GAF/ MDP de fecha 30 de marzo de 2021, la Sub Gerencia de Contabilidad deriva a la Gerencia de Administración y Finanzas la formulación de los Estados Financieros del año fi scal 2020 con la fi nalidad de ser aprobados por el Concejo Municipal en virtud de lo contemplado en el numeral 17) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 018.2021-GAF/MDP de fecha 30 de marzo de 2021, la Gerencia de Administración y Finanzas traslada a la Gerencia Municipal los Estados Financieros del año fiscal 2020 y la Memoria Anual de la Municipalidad Distrital de Pucusana 2020 para su aprobación por parte del Concejo Municipal de conformidad con lo previsto en el numeral 17) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Memorando Nº 246-2021-GM/MDP de fecha 30 de marzo de 2021, la Gerencia Municipal solicita la emisión de opinión legal a la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la aprobación de los Estados Financieros del año fi scal 2020 y la Memoria Anual de la Municipalidad Distrital de Pucusana 2020; Que, mediante Informe Legal Nº 151.2021-GAJ/MDP de fecha 30 de marzo de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación por parte del Concejo Municipal de los Estados Financieros del año fi scal 2020 y la Memoria Anual de la Municipalidad Distrital de Pucusana 2020, toda vez que se enmarca en lo previsto por la normatividad de la materia; Que, mediante Memorando Nº 248-2021-GM/MDP de fecha 31 de marzo de 2021, la Gerencia Municipal solicita se comprenda como punto de agenda la aprobación de los Estados Financieros del año fi scal 2020 y la Memoria Anual de la Municipalidad Distrital de Pucusana 2020, ya que se cuenta con los informes técnicos y legal correspondiente; Que, durante el desarrollo de la Sesión de Concejo, y llegada a la Estación de Orden del Día, previo debate, se solicitó a los señores Regidores que mani fi esten su voto, haciendo el Secretario General el llamado de forma nominal conforme al Reglamento Interno del Concejo, habiéndose obtenido las siguientes votaciones: SEÑORA: FABIOLA ATENAS GARCIA CAJAVILCA : EN CONTRA SEÑORA: MARUJA DOMITILA MARCIAL DE RUÍZ : EN CONTRASEÑOR: WILBER ANTONIO SARAVIA RASHUAMAN : A FAVORSEÑOR: OMAR GIOVANNI VALENZUELA RAMOS : A FAVORSEÑOR: VICTOR MANUEL CUYA FRANCIA :A FAVOR Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por mayoría de los señores miembros del concejo municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se acordó lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL AÑO FISCAL 2020 Y LA MEMORIA ANUAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA 2020, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Sub Gerencia de Contabilidad la remisión y presentación a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública para la elaboración de la Cuenta General de la República de los documentos aprobados, dentro del plazo exigido por Ley, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIDIA AMÉRICA CARRILLO VELIZ Alcaldesa 1946923-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban continuación del Cronograma del Proceso Electoral para las elecciones de las Juntas Vecinales Comunales aprobado mediante D.A. Nº 003-2020-MSB-A, a partir de la etapa de “ Acreditación de personeros ante el Comité Electoral” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2021-MSB-A San Borja, 23 de abril de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS, el Informe Nº 018-2021-MSB-OPV de la Ofi cina de Participación Vecinal de fecha 16 de marzo de 2021, el Memorándum Nº 108-2021-MSB-OPV de la Ofi cina de Participación Vecinal de fecha 14 de abril de 2021, el Informe Nº 165-2021-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 19 de abril de 2021, el Memorándum Nº 361-2021-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 20 de abril de 2021, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”; siendo que, el artículo 197º de la citada Carta Magna, señala que: “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo, brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley”; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especí fi cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. El sistema de plani fi cación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión,