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202 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva del Programa PROCIENCIA y a las Unidades de Gestión de Concursos, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 2026867-1 Delegan facultades en diversos funcionarios del CONCYTEC durante el Año Fiscal 2022 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 132-2021-CONCYTEC-P Lima, 30 de diciembre de 2021 VISTO: El Informe N° 940-2021-CONCYTEC- OGA-OP de la O fi cina de Personal, el Informe N° 432-2021-CONCYTEC-OGA-OL de la O fi cina de Logística, el Informe N° 198-2021-CONCYTEC-OGA-OF de la O fi cina de Finanzas, y el Informe N° 495-2021-CONCYTEC-OGA-OTI de la O fi cina de Tecnologías de Información, los mismos que cuentan con la conformidad de la O fi cina General de Administración, a través del Memorando N° 354-2021-CONCYTEC-OGA; el Informe N° 151-2021-CONCYTEC-OGPP-OPP y Proveído N° 288-2021-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; el Informe Nº 113-2021-CONCYTEC-OGAJ-RRQ y el Proveído N° 465-2021-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía cientí fi ca, técnica, económica, administrativa y fi nanciera. Constituye un pliego presupuestal; conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) y en la Ley N° 30806, que modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, mediante informe del Visto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica indica que el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, señala que la Presidente de CONCYTEC es su más alta autoridad, ejerce la representación legal de la institución y es titular del pliego presupuestal; asimismo, puede delegar las facultadas o atribuciones que no sean privativas de su cargo; Que, asimismo, mani fi esta que el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, precisa, de acuerdo al numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, vigente en virtud de la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1440, establece que las modi fi caciones presupuestaria en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, señala que, mediante la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se establecen las normas para la gestión presupuestaria y ejecución del gasto público que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio fi scal 2022; Que, de otro lado, mani fi esta que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF (en adelante Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225), establece que el Titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la norma le otorga; asimismo, puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de o fi cio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento; Que, asimismo, la citada O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, con Informe N° 151-2021-CONCYTEC-OGPP- OPP y Proveído N° 288-2021-CONCYTEC-OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicita delegar en la Secretaria General las funciones atribuidas al Titular del Pliego, en materia presupuestaria, a fi n de garantizar una adecuada gestión en la administración de recursos presupuestarios asignados; así como las modi fi catorias al Plan Operativo Institucional (POI) del Pliego 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica para el Ejercicio Fiscal 2022; Que, mediante Memorando N° 354-2021-CONCYTEC- OGA, la O fi cina General de Administración solicita delegación de diversas facultades y atribuciones para el Ejercicio Fiscal 2022, en materia de contrataciones públicas, recursos humanos, así como fi nancieras y administrativas, entre otros, para tal efecto, remite los siguientes documentos: i) El Informe N° 940-2021-CONCYTEC-OGA-OP, elaborado por la O fi cina de Personal; ii) El Informe N° 432-2021-CONCYTEC-OGA-OL, elaborado por la O fi cina de Logística; iii) El Informe N° 198-2021-CONCYTEC-OGA-OF, elaborado por la O fi cina de Finanzas; y, iv) El Informe N° 495-2021-CONCYTEC- OGA-OTI, elaborado por la O fi cina de Tecnologías de Información, los cuales sustentan el pedido de delegación formulado; Que, mediante Informe Nº 113-2021-CONCYTEC- OGAJ-RRQ y el Proveído N° 465-2021-CONCYTEC-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la delegación de facultades en materia presupuestal, fi nanciera, de contrataciones del Estado y administrativas, entre otros, en concordancia con el marco normativo vigente, a fi n de asegurar la adecuada gestión administrativa de la entidad; Con el visado de la Secretaria General(e); del Jefe(e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Jefa de la O fi cina General de Administración; la Encargada de Funciones de la O fi cina de Finanzas, la Encargada de Funciones de la O fi cina de Logística, el Jefe de la O fi cina de Personal, el Jefe(e) de la O fi cina de Tecnologías de la Información del CONCYTEC; y, del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica en señal de conformidad, y; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para