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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 349

349 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / adoptadas por el Gobierno por la existencia del COVID-19; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización Administrativa y la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización; Que, por tales consideraciones, de conformidad con la facultad de establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades, y de dictar disposiciones para la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI, establecida en la Sexta Disposición Complementaria Final de la misma norma municipal; corresponde aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Rentas, Gerencia de Fiscalización Administrativa, Subgerencia de Operaciones de Fiscalización y Gerencia de Asesoría Jurídica, a través de los documentos del visto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, y la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 550-MSI; DECRETA:Artículo Primero .- PRORROGAR, hasta el último día hábil del mes de marzo de 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI, Ordenanza que aprueba el bene fi cio extraordinario en el marco de la emergencia sanitaria para el pago de deudas por multas administrativas en el distrito de San Isidro. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Gerencia de Fiscalización Administrativa y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero .- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde 2025687-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de San Juan de Miraflores 2022 ORDENANZA Nº 459/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 10 de diciembre de 2021 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de ordenanza para aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Juan de Mira fl ores 2022, el mismo que ha sido aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Juan de Mira fl ores (CODISEC-SJM) para implementación correspondiente y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 40º de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa Que, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), regulado en el Artículo 16º de la Ley Nº 27933, la misma que fuera modi fi cada por el Artículo 3º de la Ley Nº 30055, establece a los miembros integrantes del mismo, entre ellos, el señor Alcalde de este Distrito quien se encarga de presidir el indicado Comité. Asimismo, sus funciones se encuentran reguladas en el Artículo 17º, numeral 17.5) del D. Leg. N.º 1454, que establece: El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones: “a) Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque de gestión por resultados e intercultural y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; y, asimismo, evaluar su cumplimiento (…)”. Que, la Directiva N.º 011-2019-IN-DGS aprobada por la Resolución Ministerial N.º 2056-2019-IN, establece los “Lineamientos Técnicos y Procedimientos para el Diseño, Formulación, Aprobación, Implementación, Seguimiento y Evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”; la misma que tiene como objetivo: “Establecer las disposiciones técnicas para que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana CODISEC diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acción Distritales de Seguridad Ciudadana en el marco de la implementación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023 y la normatividad vigente de la materia” Que, mediante O fi cio Nº D001260-2021-MML-GSGC, el Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite al Presidente del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores el informe que declara APTO el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del CODISEC de San Juan de Mira fl ores 2022, para su aprobación e implementación correspondiente. Que, mediante Informe Nº 093-2021/GSCYV/MDSJM, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, remite a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del CODISEC de San Juan de Mira fl ores 2022, para su implementación correspondiente. Asimismo, mediante Informe Nº 207-2021-SGPEyCT-GPP/MDSJM, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica emite opinión técnica favorable al Proyecto de Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana PADSC 2022 del distrito de San Juan de Mira fl ores. Que, mediante Informe Nº 401-2021-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para que mediante Ordenanza, se apruebe el Proyecto de “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del CODISEC-SJM”. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES 2022 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Juan de Mira fl ores 2022, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Juan de Mira fl ores (CODISEC - SJM), que forma parte integrante de la presente Ordenanza.