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60 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / ENERGIA Y MINAS Designan representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2021-EM Lima, 30 de diciembre de 2021VISTOS: El O fi cio N° D000277-2021-SENAMHI- PREJ del Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI; el Informe Nº 1193-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece la forma de nombramiento de los altos funcionarios, lo cual se realiza mediante Resolución Suprema, debidamente rubricada por el Presidente de la República; Que, el numeral 9 del artículo 1 de la citada Ley, dispone que el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, debidamente rubricada, nombra a los Presidentes y miembros del Consejo Directivo, así como a los Titulares de los Organismos Públicos Descentralizados, siendo la Resolución Suprema que se emita refrendada por el Titular del Sector correspondiente; Que, el artículo 1 de la Ley N° 24031, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, concordado con el artículo 1 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, señala que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, es un organismo público ejecutor, con autonomía técnica, administrativa y económica; y, cuenta con personería jurídica de Derecho Público y constituye un Pliego Presupuestal; Que, el numeral 1 del artículo 7 del citado Reglamento establece que el SENAMHI cuenta con los siguientes órganos de Alta Dirección: i) Consejo Directivo; ii) Presidencia Ejecutiva; y, iii) Secretaría General; Que, el artículo 8 del referido Reglamento establece que el Consejo Directivo es el órgano de mayor nivel de dirección del SENAMHI, siendo su función general aprobar los objetivos y políticas de gestión; está presidido por el Presidente Ejecutivo; y, cuyos miembros del Consejo Directivo son designados por Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector correspondiente; Que, el segundo párrafo del artículo 8 del Reglamento citado señala que el Consejo Directivo del SENAMHI está conformado por un o una representante de las siguientes entidades: i) Ministerio del Ambiente, el cual es el Presidente Ejecutivo del SENAMHI; ii) Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; iii) Ministerio de Energía y Minas; iv) Ministerio de la Producción; y, v) el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; Que, el literal a) del artículo 9 del referido Reglamento, señala que el Consejo Directivo, tiene entre otras funciones, la de aprobar los objetivos y la política institucional del SENAMHI, en el marco de la implementación de la Política Nacional del Ambiente y las Políticas Nacionales pertinentes; Que, bajo dicho marco, mediante Resolución Suprema N° 011-2018-EM publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 22 de setiembre de 2018, se designó a la señora Martha Inés Aldana Durán, Directora (e) General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos como representante del MINEM ante el Consejo Directivo del SENAMHI; Que, con Resolución Ministerial N° 307-2021-MINEM/ DM de fecha 01 de setiembre de 2021, se acepta la renuncia de la señora Martha Inés Aldana Durán al cargo de Directora General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del MINEM; Que, mediante documento de vistos, el Presidente Ejecutivo del SENAHMI, solicita la designación del representante del MINEM ante el Consejo Directivo del SENAMHI; razón por la cual, corresponde dar por concluida la designación efectuada con Resolución Suprema N° 011-2018-EM, y designar al/a la representante del MINEM ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 24031, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Martha Inés Aldana Durán, Directora (e) General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas como representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, efectuada por Resolución Suprema N° 011-2018-EM. Artículo 2.- Designar a el/la Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos como representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República EDUARDO GONZÁLEZ TORO Ministro de Energía y Minas 2026913-11 Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2021-2023 para el subsector Electricidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 485-2021-MINEM/DM Lima, 29 de diciembre de 2021VISTOS: Las Actas de las Sesiones Nº 01-04 y 01- 05 del Comité de Promoción de la Inversión Privada en Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; el Informe N° 413-2021-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad, el Informe Nº 332-2021/MINEM-OGPP-OPPIC de la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 00652-2021/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 1257-2021-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y