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38 NORMAS LEGALES Jueves 7 de enero de 2021 / El Peruano Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2019-EM, se aprobó el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas (en adelante, RPAAE), el mismo que tiene como objeto promover y regular la gestión ambiental de las actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, con la fi nalidad de prevenir, minimizar, rehabilitar y/o compensar los impactos ambientales negativos derivados de tales actividades, en un marco de desarrollo sostenible; Que, el artículo 53 del RPAAE de fi ne al Plan de Gestión Ambiental de Bifenilos Policlorados (en adelante, PGAPCB) como un Instrumento de Gestión Ambiental complementario que contiene actividades destinadas a la prevención ambiental, así como la progresiva eliminación de equipos, componentes o infraestructuras utilizadas en el desarrollo de las actividades eléctricas, que contengan o estén contaminados con PCB o que tengan aceite dieléctrico con PCB (mayor o igual a 50 ppm en aceites dieléctricos o a 10 μg/100 cm2 para super fi cies no porosas), identi fi cados en el inventario de sus existencias y residuos, de acuerdo a lo establecido en el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes – COP; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del RPAAE, dispone que, el Ministerio de Energía y Minas, previa opinión del Ministerio del Ambiente, debe aprobar la guía metodológica para el inventario de existencias y residuos para la identi fi cación de PCB, así como para la elaboración de los PGAPCB aplicables a la actividad eléctrica; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal d) del artículo 7 del RLSEIA, el Ministerio del Ambiente, mediante O fi cio N° 00686-2020-MINAM/VMGA/DGPIGA del del 12 de noviembre de 2020, remitió el Informe N° 0855-2020-MINAM/VMGA/DGPIGA, mediante el cual otorgó la respectiva Opinión Previa Favorable; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece, entre otras competencias del Ministerio de Energía y Minas, aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modi fi catorias, establece como funciones rectoras del Ministerio de Energía y Minas, dictar normas o lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de políticas para la gestión de los recursos energéticos y mineros, para el otorgamiento y reconocimiento de derechos; para la realización de acciones de fi scalización y supervisión; para la aplicación de sanciones administrativas y para la ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa vigente; Que, el literal a) del artículo 91 del ROF del MINEM establece que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad tiene entre sus funciones: formular, proponer y aprobar, cuando corresponda, programas, proyectos, estrategias, normas, guías y lineamientos relacionados con la protección del ambiente y evaluación de instrumentos de gestión ambiental en el subsector electricidad; Que, considerando el marco normativo señalado, el Ministerio de Energía y Minas es competente para emitir la normatividad ambiental sectorial que tenga como fi n promover inversiones sostenibles en las actividades de electricidad, consensuada con la protección del medio ambiente y una buena relación entre la empresa y comunidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 176-2020-MINEM/DM, se dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la “Guía Metodológica para la elaboración del Plan de Gestión Ambiental de Bifenilos Policlorados (PGAPCB)” y la “Guía Metodológica para el Inventario de Existencias y Residuos para la Identi fi cación de Bifenilos Policlorados (PCB)”; Que, mediante el Informe N° 0064-2020-MINEM/ DGAAE-DGAE de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad se sustenta la necesidad de aprobar la “Guía Metodológica para la elaboración del Plan de Gestión Ambiental de Bifenilos Policlorados (PGAPCB) aplicable a la actividad eléctrica” y la “Guía Metodológica para el Inventario de Existencias y Residuos con Bifenilos Policlorados (PCB)”; a fi n de regular el contenido de los planes de gestión ambiental de bifenilos policlorados y establecer las pautas para lograr un inventario con fi able y que permita su eliminación de forma adecuada y viable en el país; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Supremo N° 014-2019-EM, que aprueba el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar la “Guía Metodológica para la elaboración del Plan de Gestión Ambiental de Bifenilos Policlorados (PGAPCB) aplicable a la actividad eléctrica” y la “Guía Metodológica para el Inventario de Existencias y Residuos para la identi fi cación de Bifenilos Policlorados (PCB)”; que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicidad Publíquese la presente Resolución Ministerial y las Guías que se aprueban en el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1917588-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0005-2021-IN Lima, 6 de enero de 2021VISTOS, los O fi cios N° 02 y 03-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 000025-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº NO-2020-29728668-APN- DGAJ#MRE de fecha 4 de mayo de 2020, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina, comunica a la Embajada de la República del Perú en Buenos Aires que, en el marco de la causa Nº FSM 6243/2020, denominada “PINEDO, JESÚS VICENTE S/EXTRADICIÓN”, en trámite ante el Juzgado Federal Nº 2, Secretaría Nº 8 de Morón, provincia de