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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2021 (07/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 7 de enero de 2021 El Peruano / Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0004-2021-MIDAGRI Lima, 6 de enero de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 295-2020-MIDAGRI, se encargó al señor Vladimir Germán Cuno Salcedo, Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en adición a sus funciones, el puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en tanto se designe al titular; siendo necesario dar por concluida la referida encargatura y designar al profesional que desempeñará en dicho cargo; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego y, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura al señor Vladimir Germán Cuno Salcedo, del puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Manuel Trinidad Leiva Castillo, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 1917731-1 Delegan facultades en diversos funcionarios del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 5 de enero de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI, se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dependiente del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, disponiendo en la primera disposición complementaria fi nal que en un plazo no mayor a cincuenta días hábiles se apruebe el Manual de Operaciones. Que, considerando lo dispuesto en la primera disposición complementaria fi nal del mencionado Decreto Supremo, aún subsiste y tiene plena vigencia el Manual de Operaciones de AGRO RURAL aprobado por Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de enero de 2015, donde se establece su estructura orgánica y las funciones de cada uno de los órganos que lo conforman, entre otros; Que, en el artículo 10° del mencionado Manual de Operaciones se establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa; ejerce la representación legal ante las entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y es responsable de la conducción y supervisión de la gestión del Programa, asimismo puede delegar las facultades y otorgar los poderes que considere pertinentes, de acuerdo a la normatividad vigente, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF establece las pautas y parámetros legales que deben observar las entidades públicas en los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras; y, dentro de este marco, permite la delegación de ciertas facultades a través de resolución expresa del titular, con excepción de la nulidad de o fi cio, la aprobación de contrataciones directas y otras previstas en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentran comprendidas dentro de su competencia; Que, asimismo, el numeral 78.1 del artículo 78 del mencionado Texto Único Ordenado, prevé que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, procediendo también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, la delegación de facultades constituye el traslado transitorio y discrecional de funciones desde un órgano central a los órganos de línea, de apoyo y desconcentrados, manteniéndose la relación jerárquica entre ellas, acto que se realiza en bene fi cio de la calidad del servicio que brinda la Administración Pública al ciudadano; Que, los artículos 11, 18, 24 y 36 del Manual de Operaciones de AGRORURAL establecen expresamente que la Dirección Adjunta, la Dirección de la O fi cina de Administración, la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego y las Direcciones Zonales, respectivamente, dependen jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva; Que, dentro de este contexto normativo y en aras de generar una mayor dinámica en la gestión administrativa a través de la desconcentración de los procesos decisorios que ostenta la Dirección Ejecutiva, en aplicación al principio de desconcentración de la competencia administrativa recogido en el artículo 85° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, resulta pertinente delegar algunas facultades de la Dirección Ejecutiva a favor de la Dirección Adjunta, de la Dirección de la O fi cina de Administración, de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego y de las Direcciones Zonales; De conformidad con las disposiciones dictadas mediante Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI, y en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI que aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y con el visto de la Dirección Adjunta y de la O fi cina de Asesoría Legal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR en el/la DIRECTOR/A DE LA DIRECCION ADJUNTA del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL durante el año fi scal 2021, las siguientes facultades: a) Gestionar, suscribir y derivar documentos y expedientes internos a remitirse a los órganos de asesoramiento, apoyo, de línea y desconcentrados del Programa de Desarrollo Agrario Rural — AGRO RURAL.