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131 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2021 El Peruano / 2. Declarar NULA la Resolución Nº 00050-2020-JEE- CHYO/JNE, en el extremo de la cali fi cación del proceso de designación directa ; e INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Víctor Miguel Soto Remuzgo, personero legal titular de la organización política Unión por el Perú, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00050-2020-JEE-CHYO/JNE, de fecha 26 de diciembre de 2020, en el extremo que declaró la improcedencia de inscripción de la candidata Evid Manzur Guevara, en el marco de las Elecciones Generales 2021. 3. DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Chiclayo continúe con el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Conforme al artículo 63 del Estatuto del Partido Político Unión por el Perú, el Comité Directivo Nacional, es el órgano competente para la designación directa. 1920494-1 Convocan a juez superior designado por la Corte Superior de Justicia de Apurímac, para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Abancay RESOLUCIÓN Nº 0095-2021-JNE Lima, trece de enero de dos mil veintiunoVISTOS: los O fi cios N. os 000004-2021-P-CSJAP-PJ y 000011-2021-P-CSJAP-PJ, suscritos por la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, de fechas 6 y 7 de enero de 2021, respectivamente, con los cuales comunica que, mediante la Resolución Nº 18, del 18 de diciembre de 2020, la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial ha dispuesto la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial a la magistrada Liliam Janet Murillo Valdivia, y la Resolución Administrativa Nº 000015-2021-P-CSJAP-PJ, del 7 de enero de 2021, a través de la cual se resuelve suspender la reserva de plaza como jueza superior titular a la citada magistrada. CONSIDERANDOS1. Mediante Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, el 9 de julio de 2020, se convocó a Elecciones Generales para la Elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. 2. A través de la Resolución Nº 0305-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, fueron establecidos los Jurados Electorales Especiales (JEE), correspondientes a las Elecciones Generales 2021, como órganos de justicia electoral de primera instancia. En ese sentido, se emitieron las Resoluciones Nº 0440-2020-JNE y Nº 0465-2020-JNE, de fechas 9 y 12 de noviembre de 2020, respectivamente, con las cuales se declara la conformación de los 60 JEE, entre ellos, el JEE de Abancay, instalado el 16 de noviembre de 2020. 3. El artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), dispone que los presidentes de los JEE, titulares y suplentes, son designados por la Corte Superior bajo cuya circunscripción se encuentra la sede del Jurado Electoral Especial. Así, para conformar el JEE de Abancay para las Elecciones Generales 2021, la Corte Superior de Justicia de Apurímac designó a la jueza superior Liliam Janet Murillo Valdivia como presidenta titular, quien se encuentra en funciones desde su instalación, y al juez superior Franklin Félix Ascue Humpiri como presidente suplente. 4. Con el O fi cio Nº 000004-2021-P-CSJAP-PJ, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac comunicó que, dentro de la Investigación De fi nitiva Nº 00156-2019-APURÍMAC, la jefa de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA) emitió la Resolución Nº 18, del 18 de diciembre de 2020, mediante la cual se dispuso la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial a la magistrada Liliam Janet Murillo Valdivia, hasta que se resuelva en de fi nitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente. 5. Asimismo, la presidenta de la referida Corte Superior de Justicia, con el O fi cio Nº 000011-2021-P-CSJAP-PJ, remitió la Resolución Administrativa Nº 000015-2021-P-CSJAP-PJ, del 7 de enero de 2021, que, como consecuencia de la disposición de la OCMA, resolvió suspender la reserva de plaza como jueza superior titular, asignada a la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, a la magistrada Liliam Janet Murillo Valdivia, con efectividad al 3 de enero de 2021. 6. En vista de que la magistrada Liliam Janet Murillo Valdivia se encuentra con licencia del Poder Judicial para el ejercicio del cargo de presidenta del Jurado Electoral Especial de Abancay, por haber sido designada, para tal encargo, por la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Apurímac en su condición de jueza superior, requisito indispensable para tomar posesión del cargo electoral, y dado que se encuentra suspendida en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, se concluye que tal situación, sobreviniente a su designación, impide que continúe presidiendo el Jurado Electoral Especial e impartiendo justicia electoral en el proceso de Elecciones Generales 2021; ante ello, se debe aplicar lo previsto en el artículo 34 de la LOJNE, que establece que, en caso de impedimento del miembro titular, asume el cargo el miembro suplente, en este caso en particular, el magistrado Franklin Félix Ascue Humpiri, designado por la Corte Superior de Justicia de Apurímac. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DAR POR CONCLUIDA la participación en el proceso de Elecciones Generales 2021 de la magistrada Liliam Janet Murillo Valdivia como presidenta del Jurado Electoral Especial de Abancay, designada por la Corte Superior de Justicia de Apurímac. 2. CONVOCAR al juez superior Franklin Félix Ascue Humpiri, designado por la Corte Superior de Justicia de Apurímac, para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Abancay, previa juramentación ante el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, de manera virtual; debiendo incorporarse de manera inmediata a dicho órgano de justicia electoral, a partir de la fecha de noti fi cación de la presente resolución. 3. PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, así como de los magistrados Liliam Janet Murillo Valdivia y Franklin Félix Ascue Humpiri, para los fi nes que se estimen pertinentes. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.