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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (02/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 2 de febrero de 2021 El Peruano / resulta procedente la solicitud formulada por la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C.; Que, con Informe Nº 226-2021-MTC/08, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modi fi catoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y la conformidad del Despacho Viceministerial de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como el primer servicio a prestar el servicio portador local en la modalidad conmutado. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa RL FIBER NETWORK ANDAHUAYLAS S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunica ciones 1924594-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2021-VIVIENDA Lima, 1 de febrero de 2021CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial Nº 330-2020-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 2 945 189 528,00 (DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, entre otras; las mismas que, según numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el literal a) del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 005-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas para la sostenibilidad de los servicios de saneamiento e inversión del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el Año Fiscal 2021 a realizar una transferencia fi nanciera a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal), hasta por la suma de S/ 198 000 000,00 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), con la fi nalidad que dicha empresa la destine exclusivamente a su Fondo de Inversión; Que, mediante Cartas Nºs. 082, 107 y 109-2021-GG, la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal) solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) una transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 198 000 000,00 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), con la fi nalidad que la destine exclusivamente a su Fondo de Inversión, en el marco de lo dispuesto por el literal a) del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 005-2021; Que, con Informe Nº 020-2021-VIVIENDA/VMCS- DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS, sustentada en el Informe Nº 030-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de su Dirección de Saneamiento, emite opinión favorable a la solicitud presentada por Sedapal y recomienda se continúe con las gestiones para realizar la transferencia fi nanciera en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 005-2021; Que, mediante Memorando Nº 147-2021-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS, remite el Informe Nº 050-2021-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal), hasta por la suma de S/ 198 000 000,00 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, con la fi nalidad que dicha empresa la destine exclusivamente a su Fondo de Inversión; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de Sedapal, hasta por la suma de S/ 198 000 000,00 (CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 005-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas para la sostenibilidad de los servicios de saneamiento e inversión del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, la Directiva