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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (02/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Martes 2 de febrero de 2021 El Peruano / desconcentrados de una entidad pública desarrollan funciones sustantivas de uno o varios de los órganos de línea del tipo prestadores de bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no atendidas o para aumentar su cobertura; En ese sentido, el literal f) del artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1130, dispone que son funciones de la Superintendente Nacional de Migraciones, entre otras, “promover la prestación de servicios de calidad a través de una gestión administrativa e fi ciente, priorizando el buen trato a los usuarios y la buena imagen del país”. En ejercicio de la citada función, la Superintendente Nacional, se encuentra facultada para adoptar las medidas que resulten necesarias a fi n de elevar la calidad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales y extranjeras, así como incrementar la presencia de MIGRACIONES a nivel nacional; Al respecto, cabe mencionar que, de acuerdo a los artículos 78º y 79º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, las Jefaturas Zonales son órganos desconcentrados que forman parte de la estructura de MIGRACIONES, y responsables de coordinar y ejecutar los procedimientos y servicios relativos al control migratorio, emisión de documentos de viaje y de identidad, inmigración y solicitudes de nacionalización, en el ámbito territorial de su competencia. Depende directamente de la Dirección de Operaciones; En ese contexto, mediante Informe Nº 000068-2021-DIROP/MIGRACIONES, la Dirección de Operaciones propone la creación de la Jefatura Zonal Lima bajo los criterios relacionados al volumen de operaciones, carga administrativa y puntos de contacto ubicados en la región de Lima, cuya Jefatura abordaría: i) Sede Breña, ii) Agencia MAC Lima Norte, iii) Agencia MAC El Agustino, iv) Agencia Desconcentrada La Molina, v) Agencia MAC Lima Sur, y v) Agencia Desconcentrada Jockey Plaza, en proceso de implementación; Por otra parte, la citada Dirección propone la creación de la Jefatura Zonal Callao con la fi nalidad de optimizar administrativa y operativamente las competencias para gestionar e fi cientemente las unidades que estén a su cargo, tales como las 03 Agencias Desconcentradas y los 03 Puestos de Control Migratorio, cuyos recintos en su conjunto abarcan el 45% del total de los controles migratorios realizados a nivel nacional; cuyos puntos de contacto son los siguientes: i) Agencia MAC Bellavista, ii) Agencia MAC Ventanilla, iii) Agencia Desconcentrada Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, iv) Puesto de Control Migratorio Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, v) Puesto de Control Migratorio Grupo Aéreo Nº 08, y vi) Puesto de Control Migratorio Puerto Callao; Con Memorando Nº 000258-2021-OPP/ MIGRACIONES, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que a través del Informe Nº 000011-2021-UMGC/ MIGRACIONES, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, se indica que, la creación de las Jefaturas Zonales, anteriormente referidas, se proponen en el marco de los criterios establecidos en los “Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante el Decreto supremo N° 054-2018-PCM y, además, cuenta con la autorización del Consejo Directivo de MIGRACIONES; por lo que, se considera viable y pertinente su creación; Asimismo, con Memorando Nº 000349-2021-OAF/ MIGRACIONES, la O fi cina de Administración y Finanzas considera conveniente la creación de las Jefaturas Zonales de Lima y Callao, dado el volumen de atenciones que se vienen brindando; por lo tanto, mani fi esta que la propuesta de creación de las referidas Jefaturas Zonales resultará apropiada para la entidad; toda vez que, ello supondrá una acertada desconcentración de los servicios brindados a los ciudadanos nacionales y extranjeros; En tal sentido, con Memorando Nº 000181-2021- ORH/MIGRACIONES, la O fi cina de Recursos Humanos mani fi esta que, todo acercamiento a los usuarios, desconcentración de los procesos y actividades que realiza la entidad, es una mejora en la calidad de los servicios que presta la Superintendencia Nacional de Migraciones; Por su parte, con Memorando Nº 000164-2021-OTIC/ MIGRACIONES, la O fi cina de Tecnologías de Información y Comunicaciones señala que, ha realizado el análisis respectivo y coordinado con la Unidad de Soporte Técnico, la Unidad de Plataforma y Seguridad Tecnológica y la Unidad de Desarrollo de Sistemas; por lo que, emite opinión técnica favorable sobre la viabilidad y pertinencia de la creación de las Jefaturas Zonales Lima y Callao; La O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 000065-2021-OAJ/MIGRACIONES, concluye que, es viable jurídicamente la creación de las Jefaturas Zonales Lima y Callao, en concordancia con lo expuesto en el Informe Nº 000358-2020-AJ/MIGRACIONES; por lo que, corresponde la emisión de la Resolución de Superintendencia por la cual se crean las Jefaturas Zonales Lima y Callao cuyo funcionamiento permitirá la desconcentración de los servicios que brinda la entidad en bene fi cio de la población nacional y extranjera que requiera sus servicios; Por otra parte, el artículo 10º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones señala que el Despacho de el/la Superintendente Nacional ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; asimismo, el literal r) del artículo 11° señala que dentro de sus funciones se encuentra, entre otras, la de “proponer la creación, supresión o traslado de los órganos desconcentrados”; y , el numeral i) del artículo 11º del referido cuerpo normativo señala como parte de las funciones del Despacho de el/la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10º del referido documento; Asimismo, el artículo 8º del referido Texto Integrado señala que, el Consejo Directivo es el órgano máximo de MIGRACIONES, es el encargado de establecer las políticas institucionales y la dirección de MIGRACIONES; y, el literal c) del artículo 9° dispone que, el Consejo Directivo autoriza, a propuesta del Despacho de el/la Superintendente Nacional la creación de los órganos desconcentrados; Dentro del contexto desarrollado, con Acta Nº 000001- 2021, de fecha 13 de enero de 2021, el Consejo a través del acuerdo 002-2021 aprueba la creación de las Jefaturas Zonales Lima y Callao, así como los puestos de con fi anza de estas jefaturas zonales; Estando a lo propuesto y contando con la opinión favorable y visto de la Gerencia General, así como de la Dirección de Operaciones y por las O fi cinas de Administración y Finanzas, Recursos Humanos, Tecnologías de Información y Comunicaciones, Planeamiento y Presupuesto, y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear la Jefatura Zonal Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo 2°.- Crear la Jefatura Zonal Callao, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Operaciones la coordinación de las acciones destinadas a la implementación de las Jefaturas Zonales Lima y Callao con los diferentes órganos de la entidad. Artículo 4º.- La implementación de las Jefaturas Zonales Lima y Callao es fi nanciada con cargo a los recursos establecidos en el presupuesto institucional. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como encargar a la O fi cina de Tecnologías de Información y Comunicaciones, publique la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRIEDA ROXANA DEL ÁGUILA TUESTA Superintendente Nacional de Migraciones 1924532-1