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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (02/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Martes 2 de febrero de 2021 / El Peruano 3.13. Asimismo, se informó que, del reporte de todas las listas de candidatos presentadas por el señor personero, no se encontró evidencia de registro de algún borrador en el SIJE-E en la circunscripción electoral de Amazonas. 3.14. En ese sentido, resultan insubsistentes los argumentos alegados por el recurrente, en referencia a que el sistema Declara y el SIJE-E hayan sido deshabilitados del portal del JNE, en la fecha límite para la inscripción (22 de diciembre de 2020); lo que se veri fi ca, más bien, es que la organización política, si bien completó correctamente el registro de las declaraciones juradas de hoja de vida, estas no fueron vinculadas a la lista de candidatos, menos se presentó en el SIJE-E, a fi n de materializar la inscripción de candidatos al Congreso de la República, por lo que, culminada las 24 horas del 22 de diciembre de 2020, el sistema efectivamente fue cerrado en estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias desarrolladas, y no como equivocadamente sostiene el recurrente. 3.15. Cabe añadir que el plazo límite permitido y otorgado para que las organizaciones políticas puedan presentar sus solicitudes de inscripción fue hasta el 22 de diciembre de 2020, lo que en estricto se cumplió. Ello conlleva la imposibilidad de que –indistintamente, bajo los supuestos de que no se haya iniciado o culminado con el trámite de inscripción de candidatos– sea factible que se permita iniciar o continuar con el procedimiento de inscripción de candidatos, con posterioridad a dicha fecha. 3.16. Además de lo establecido en el Reglamento (ver SN 1.8), el uso de los sistemas informáticos para la presentación de solicitudes de inscripción de candidatos fue puesto en conocimiento de la organización política recurrente mediante el O fi cio Nº 03761-2020-SG/JNE, notifi cado el 18 de diciembre de 2020: