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86 NORMAS LEGALES Viernes 12 de febrero de 2021 / El Peruano que, de manera paralela, viabilizó su procedimiento de elecciones internas y presentaron sus solicitudes de inscripción de fórmula y listas de candidatos, quienes suscriben el presente voto consideran que la restricción temporal establecida en el artículo 4 de la LOP, en el presente caso, no resulta proporcional, ya que no prioriza el derecho fundamental a la participación política. Por ello, de manera excepcional, la DNROP debe disponer su inscripción provisional y, ante las limitaciones que pudieran haber surgido en la entrega a la organización política de los accesos correspondientes a los sistemas SIJE-E y Declara, el JEE disponga las acciones necesarias para continuar con el trámite respectivo. En consecuencia, por los fundamentos expuestos, y en aplicación del principio de independencia de la función jurisdiccional, y el criterio de conciencia que nos asiste como magistrados del Jurado Nacional de Elecciones, NUESTRO VOTO es por que se declare FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Jorge Luis Yataco Yataco, personero legal titular de la organización política en proceso de inscripción Partido Frente de la Esperanza 2021; en consecuencia, SE REVOQUE la Resolución Nº 00052-2020-JEE-LIC2/JNE, del 24 de diciembre de 2020, y, REFORMÁNDOLA, SE DISPONGA que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 continúe con el procedimiento de inscripción de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República por el distrito electoral de Lima, en el marco del proceso de las Elecciones Generales 2021. SS.ARCE CÓRDOVARODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Incorporado por la Ley Nº 30673, publicada el 20 de octubre de 2017, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 22 de agosto de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Aprobado por la Resolución Nº 0330-2020-JNE, del 28 de setiembre de 2020. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0329-2020-JNE, del 28 de setiembre de 2020. 5 Publicada en el diario o fi cial El Peruano , con fecha 22 de agosto de 2020. 6 Mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por noventa (90) días calendario, debido a la existencia del COVID-19. De manera posterior, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, del 15 de marzo del referido año, el Gobierno Central declaró el Estado de Emergencia Nacional y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena). Esas medidas se han prorrogado continuamente. 7 Modi fi cado mediante Resolución Nº 275-2020-JNE, del 25 de agosto de 2020. 8 Consulta de Expedientes Jurisdiccionales <https://cej.jne.gob.pe/ Expediente/BusquedaRapida> 1927361-1 MINISTERIO PUBLICO Dejan sin efecto el artículo primero de la Res. N° 3739-2019-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 203-2021-MP-FN Lima, 11 de febrero de 2021VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio N° 2000-2020-FSCEE-MP-FN, cursado por el abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, mediante el cual se eleva el o fi cio N° 2194-2020-MP-FN-EQUIPO ESPECIAL-1D, suscrito por el abogado José Domingo Pérez Gómez, Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, que forma parte del Equipo Especial de Fiscales antes mencionado, quien, entre otro, solicita el retorno a su plaza de origen de la abogada Iris Del Carmen Falla Segura, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, designada en el Pool de Fiscales de Lima e incorporada al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros. En tal sentido, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a través del cual se disponga el retorno de la referida fi scal al Pool de Fiscales de Lima. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de enero de 2021, el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3739-2019-MP-FN, de fecha 27 de diciembre de 2019, en el extremo que dispuso que la abogada Iris Del Carmen Falla Segura, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, designada en Pool de Fiscales de Lima, forme parte del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, debiendo retornar al Pool de Fiscales de Lima. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1927351-1 Proclaman Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales del Distrito Fiscal de San Martín, para el periodo 2021-2022 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 204-2021-MP-FN Lima, 11 de febrero de 2021VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29286, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 04 de diciembre de 2008, se modi fi có el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, en lo referente al Sistema de Elección y Funciones de los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores y Provinciales. Que, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1654-2008-MP-FN, de fecha 11 de diciembre de 2008, se aprobó la Directiva Nº 004-2008-MP-FN, respecto a las Disposiciones referidas a la elección de los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores y Provinciales en los Distritos Judiciales, hoy Distritos Fiscales a nivel nacional, modi fi cada y complementada, por Resoluciones