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13 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de febrero de 2021 El Peruano / Que, mediante los O fi cios Nº 002-2021-INEI/ DTDIS, Nº 00066-2021-MINEDU/SPE-OPEP, Nº 00012-2021-MINAM/VMGA/DGECIA y Nº 126-2021-MINEM/ DGH, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el Ministerio de Educación, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Energía y Minas, respectivamente, proporcionan información, a fi n que la Dirección General de Presupuesto Público efectúe los cálculos para la determinación de los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas, correspondientes al año 2021; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas, correspondientes al año 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27763, Ley complementaria de legislación del Canon y Sobrecanon para petróleo y gas en Piura y Tumbes; en la Ley Nº 29345, Ley de distribución del Sobrecanon para petróleo y gas de los departamentos de Tumbes y Piura; en la Ley Nº 28699, Ley que modi fi ca la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 206-2006-EF; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en el Decreto Supremo Nº 138-2009-EF, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes; SE RESUELVE:Artículo 1. Objeto 1.1 Aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes, correspondientes al año 2021, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales e Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Estatales de dichos departamentos, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. 1.2 Aprobar los índices de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali correspondientes al año 2021, a ser aplicados al Gobierno Regional, Gobiernos Locales e Institutos Superiores Tecnológicos Nacionales de dicho departamento, conforme a los Anexos Nº 3 y Nº 4 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación La presente Resolución Ministerial y sus Anexos se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1930090-1 Aprueban índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2021 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2021-EF/50 Lima, 23 de febrero del 2021CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas, dispone que las provincias y distritos donde existen y funcionan Aduanas Marítimas, Aéreas, Postales, Fluviales, Lacustres y Terrestres, tienen derecho a percibir solo el 2% de las rentas que se recauden por esa actividad, como Participación en Rentas de Aduanas (PRA), constituyendo recursos propios para bene ficiar su desarrollo; Que, el artículo 2 de la citada ley señala los bene ficiarios de la Participación en Rentas de Aduanas; Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley Nº 27613, regula la Participación en Rentas de Aduanas en la Provincia Constitucional del Callao, estableciendo, entre otros, que, deducido el 10% que corresponde al Fondo Educativo, el saldo restante de recursos provenientes de la PRA será distribuido en un 50% al Gobierno Regional del Callao y el otro 50%, proporcionalmente, entre las municipalidades de la jurisdicción; Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución de la PRA son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, mediante los O ficios Nº 000106-2021-SUNAT/306000, Nº 000149-2021-SUNAT/306000 y Nº 002-2021-INEI/DTDIS, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI respectivamente, proporcionan información, a fin que la Dirección General de Presupuesto Público efectúe los cálculos para la determinación de los índices de distribución de la PRA, correspondientes al Año Fiscal 2021; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución de la PRA a favor de los Gobiernos Locales bene ficiarios y de la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas, y en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:Artículo 1. Objeto Aprobar los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2021 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas, a ser aplicados a los Gobiernos Locales y a la Provincia Constitucional del Callao, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación La presente Resolución Ministerial y sus Anexos se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1930091-1 Aprueban los “Lineamentos para la determinación del Beneficio Extraordinario Transitorio y otros conceptos en el marco del Decreto de Urgencia N° 038-2019, Decreto de Urgencia que establece reglas sobre los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0002-2021-EF/53.01 Lima, 23 de febrero de 2021