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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (25/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Jueves 25 de febrero de 2021 / El Peruano GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Otorgan a favor de NOR BUILDING SAC la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la futura Central Hidroeléctrica SHIRIHUAIN, ubicada en el departamento Pasco DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA, MINAS E HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2021-GRP-GGR-GRDE/DREMH Cerro de Pasco, 17 de febrero de 2021Visto, el Expediente N° 1024827 de fecha 26 de octubre 2020 presentado por la empresa NOR BUILDING SAC en la partida N° 11083120 de la zona registral N° VII sede Huaraz o fi cina registral Huaraz sobre el otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la futura central hidroeléctrica SHIRIHUAIN. CONSIDERANDO:Que, mediante Carta N° 32-2020 NB de fecha de presentación ante mesa de partes 26 de octubre del 2020, con Registro de Expediente N° 1024827, la empresa NOR BUILDING SAC solicitó la Concesión De fi nitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables para la Central Hidroeléctrica SHIRIHUAIN, con una potencia instalada de 06 MW, ubicándose en el distrito de Huachón, provincia y departamento Pasco; Que, la petición de concesión de fi nitiva está amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3 y 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, de acuerdo a las normas vigentes, el peticionario presentó la Resolución Directoral N° 068-2017-GRP-GGR-GRDE/DREMH de fecha 04 de Diciembre de 2017, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas Pasco aprobó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica SHIRIHUAIN”; Que, el área técnica de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y con los procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 086-2020-GRP-GGR-GRDE-DREMH/ATE, el cual concluye en la procedencia de otorgar la concesión defi nitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el proyecto Central Hidroeléctrica SHIRIHUAIN; Que, estando a lo dispuesto por el artículo N° 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 66 de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Por estas consideraciones y de acuerdo a la Normativa Vigente, SE RESUELVE: Artículo Primero- Otorgar a favor de NOR BUILDING SAC. La Concesión De fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Hidroeléctrica SHIRIHUAIN, con una potencia instalada de 06 MW, ubicada en el distrito de Huachón, provincia y departamento Pasco, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Directoral y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo N° 2 de la presente Resolución.Artículo Segundo- Aprobar la minuta de Contrato de Concesión a suscrito con NOR BUILDING SAC, que consta de 19 cláusulas y 3 anexos. Artículo Tercero- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen a la minuta de Contrato de Concesión, referido en el artículo N° 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo N° 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo Cuarto- La presente Resolución Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo N° 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición. Regístrese, comuníquese y archívese.EDUARDO JUAN ROJAS QUISPE Director 1930189-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el Reglamento del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET ORDENANZA N° 2315-2021 Lima, 18 de febrero de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en materias de su competencia, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades; Que, mediante Decreto Ley N° 22830 se crea el Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET con el objeto de proveer los recursos para el fi nanciamiento de inversiones urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima y otras Municipalidades Distritales de Lima; Que, el Secretario General del Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET, mediante O fi cio N° 312-2019-INVERMET-SGP remite al Alcalde Metropolitano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento de INVERMET para que en ejercicio de la facultad prevista en el numeral 4 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades sea puesta a consideración del Concejo Metropolitano; Que, la propuesta de Reglamento cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Planificación y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica de INVERMET, mediante los Informes N° 106- 2019-INVERMET-OPP y N° 0167-2019-INVERMET-OAJ, respectivamente; Que, la propuesta de Reglamento de INVERMET tiene como objeto, entre otros, actualizar diversos términos, cargos, funciones y objetivos respecto de aquellos contenidos en la Ley de creación de la Entidad y los incorporados con la dación de la Ley N° 27972,