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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2021 (17/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 17 de julio de 2021 El Peruano / fi nalidad plani fi car, preparar, identi fi car, analizar, contener, investigar incidentes de seguridad digital, así como la recuperación y la determinación de acciones correctivas para prevenir incidentes similares; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 del acotado Decreto de Urgencia N° 007-2020, dispone que las entidades de la administración pública deben implementar un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), un “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital” cuando corresponda y cumplir con la regulación emitida por la Secretaría de Gobierno Digital, ente rector en materia de Con fi anza Digital y responsable de la articulación de cada uno de sus ámbitos; Que, el artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, señala que el Marco de Seguridad Digital del Estado Peruano se constituye en el conjunto de principios, modelos, políticas, normas, procesos, roles, tecnología y estándares mínimos que permitan preservar la con fi dencialidad, integridad, disponibilidad de la información en el entorno digital administrado por las entidades de la Administración Pública; Que, conforme a la regulación prevista en el artículo 104 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, se establece que el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital, es aquel equipo responsable de la gestión de incidentes de seguridad digital que afectan los activos de una entidad pública o una red de con fi anza, el cual formará parte de los órganos o unidades orgánicas de Tecnologías de la Información de la entidad o de la unidad de organización especializada en seguridad de la información o similar prevista en su estructura orgánica o funcional. También precisa que, la Secretaría de Gobierno Digital, en su calidad de ente rector de la seguridad digital en el país, emite opinión técnica especializada a pedido de una entidad, a fi n de revisar o validar aspectos técnicos sobre la conformación de un Equipo de Respuesta ante incidentes de Seguridad Digital; Que, por otro lado, el artículo 105 del mencionado Reglamento indica las obligaciones que como mínimo deben cumplir las entidades públicas, entre las cuales se encuentran aquellas que están relacionadas al tratamiento de incidentes de seguridad digital; Que, por medio del O fi cio N° D002916-2021-PCM- SGD, la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo con el Informe N° D000172-2021-PCM-SSTED de la Subsecretaría de Tecnologías Digitales, emite opinión favorable respecto a la constitución del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”, propuesta por la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística del Ministerio de Defensa; Que, mediante Informe N° 00050-2021-MINDEF/SG- OGTIE, la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística, mani fi esta y sustenta la necesidad de la constitución del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”, precisando su conformación y funciones, aspectos que fueron materia de evaluación, recomendaciones y opinión favorable de la Secretaría de Gobierno Digital; por lo que, solicita se emita el acto de administración correspondiente, considerando su alcance institucional; Que, a través del Informe Legal N° 00694-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable constituir, por medio de resolución ministerial, el “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa” de naturaleza permanente, así como asignarle funciones en concordancia con lo previsto en el artículo 105 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, de acuerdo con los términos propuestos por la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística; Con el visado de la Secretaría General; de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 007-2020, que aprueba el Marco de Con fi anza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento; el Decreto Legislativo Nº 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir el “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”, de naturaleza permanente, como responsable de gestionar los eventos o incidentes de seguridad digital, el cual depende de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística, y está integrado por los siguientes miembros: a) El Líder del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital”. b) El Líder de Incidentes del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital”. c) Miembros de apoyo del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital”, constituido por los Directores Generales, Jefes y Directores de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Defensa. Artículo 2.- Designar a los miembros del Equipo referidos en los numerales a) y b) del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle: - Señor Javier Francisco Castillo Yarlequé, servidor de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística, como Líder del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”. - Señor Christian Jesús Tito Osorio, servidor de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística, como Líder de Incidentes del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”. Artículo 3.- El “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”, cumple las siguientes funciones: a) Comunicar al Centro Nacional de Seguridad Digital los incidentes de seguridad digital. b) Adoptar medidas para la gestión de riesgos e incidentes de seguridad digital que afecten a los activos de la entidad. c) Difundir alertas tempranas, avisos e información sobre riesgos e incidentes de seguridad digital en su entidad y red de con fi anza. d) Asegurar acciones de investigación y cooperación efectiva, e fi ciente y segura con el Centro Nacional de Seguridad Digital. e) Proveer los recursos y medidas necesarias para asegurar la efectiva gestión de incidentes de seguridad digital. f) Requerir a los proveedores de desarrollo de software el cumplimiento de estándares, normas técnicas y mejores prácticas de seguridad ampliamente reconocidos. g) Supervisar la implementación de los Equipos de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital y las redes de con fi anza del Sector Defensa. h) Coordinar y colaborar con otros Equipos de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital, con la fi nalidad de fortalecer la seguridad digital del Ministerio de Defensa. Los miembros de apoyo participarán en la ejecución de funciones, a requerimiento del Líder del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”, conforme corresponda a la naturaleza de sus competencias, debiendo el Jefe de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Estadística informar a la Secretaría General, en forma trimestral, sobre la ejecución de las funciones asignadas al citado Equipo. Artículo 4.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a los miembros del “Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Ministerio de Defensa”, así como a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia de Consejo de Ministros. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1973858-1