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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2021 (17/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 17 de julio de 2021 El Peruano / Aprueban el documento técnico denominado “Plan de Acción del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 152-2021-ANA Lima, 16 de julio de 2021VISTOS:El Informe Técnico Nº 050-2021-ANA-DOUA/JDA y el Informe Técnico Nº054-2021-ANA-DOUA/JGA de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, el Informe Legal Nº 607-2021-ANA-OAJ, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 30157, se aprobó la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, que regula la gestión e institucionalidad de las organizaciones de usuarios; asimismo, establece las funciones de las Juntas de Usuarios como operadores de infraestructura hidráulica, entre otros; con el objeto de regular la constitución y funcionamiento de dichas organizaciones previstas en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2015-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de la citada Ley, el cual desarrolla los mecanismos para la participación de las organizaciones de los usuarios de agua en la gestión multisectorial promoviendo el uso e fi ciente y sostenible de los recursos hídricos, cuyas actividades están vinculadas a la gestión de la infraestructura hidráulica; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 118-2020-MINAGRI y sus modi fi catorias, se aprueba el Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios como instrumento que contribuya a fortalecer las capacidades técnicas, administrativas y organizacionales de las Juntas de Usuarios, con un enfoque de modernización de las mismas, en el marco de un proceso estratégico en el cual el Estado acompaña y refuerza los mecanismos de participación de los usuarios organizados en la gestión de los recursos hídricos, así como en la operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica que es de interés público; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada resolución ministerial establece que, señala que dentro de ciento trece (113) días calendario de aprobada la Línea, base la Autoridad Nacional del Agua, mediante Resolución Jefatural, aprueba el Plan de Acción del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios con una duración cinco (05) años, contados desde la aprobación de la Línea Base a que se ha hecho referencia en la Primera Disposición Complementaria Final; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 061-2021- ANA, publicada el 19 de marzo de 2021 en el Diario O fi cial El Peruano, se aprueba la Línea Base del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios; Que, mediante los Informes del Visto, la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua sustenta la aprobación del Plan de Acción del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios, con e fi cacia anticipada, indicando que se trata de un instrumento de gestión que permite de fi nir las actividades, metas, plazos y recursos para la plani fi cación, hacia el cumplimiento de los objetivos del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios, el mismo que está estructurado en cuatro secciones: i) Sección 1. Marco Referencial, Sección 2. Plan de Acción del Programa de Fortalecimiento, Sección 3. Descripción de las Línea de Acción y Sección 4. Consolidado de Análisis de las Líneas de Acción; Que, la propuesta de actividades del referido Plan de Acción, fue aprobada por el Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios, mediante Acuerdo Único del Acta Nº 12 de la Sesión Ordinaria de fecha 07 de julio de 2021; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción, como en el presente caso; los mismos que han sido justi fi cados por la Dirección de Organizaciones de Usuarios; opinando la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal de Vistos, que resulta legalmente viable aprobar el documento técnico denominado «Plan de Acción del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios»; Con los vistos de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General y de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 118-2020-MINAGRI y sus modi fi catorias; y, en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación de Plan de Acción Aprobar, con e fi cacia anticipada al 11 de Julio de 2021, el documento técnico denominado «Plan de Acción del Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios» aprobado por Resolución Ministerial Nº 118-2020-MINAGRI y sus modi fi catorias, el cual, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, la presente resolución y su anexo se publican en el portal institucional (www.gob.pe/ana) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese,ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 1973996-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES