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19 NORMAS LEGALES Martes 8 de junio de 2021 El Peruano / CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosPRODUCTO 3999999 : Sin ProductoACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 347,102,846.00 TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001 : OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN : 347,102,846.00TOTAL PLIEGO 007 : MINISTERIO DEL INTERIOR : 347,102,846.00 Artículo 2.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, instruye a la Unidad Ejecutora 001: O fi cina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria”, que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial Autorízase a la Unidad Ejecutora 001: O fi cina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, a realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) por la suma de S/ 347 102 846,00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales en el Año Fiscal 2021. Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Vigencia La presente Resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación. Artículo 6.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Artículo 7.- Remisión Copia de la presente Resolución se remite, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior 1960819-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a favor de diversos Gobiernos Locales, para el financiamiento de proyectos y actividades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0106-2021-JUS Lima, 4 de junio de 2021VISTOS, el O fi cio N° 1077-2021-JUS/CMAN-SE, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN; el Informe N° 179-2021-JUS/OGPM-OPRE, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 425-2021-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28592, establece el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000; Que, el literal d) del artículo 2 de la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR, detalla como uno de los componentes de dicho Plan al Programa de Reparaciones Colectivas; y, el literal b) del artículo 7, comprende como un bene fi ciario colectivo a los grupos organizados de desplazados no retornantes, provenientes de las comunidades afectadas en sus lugares de inserción; Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2006- JUS, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 28592, que establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas de la violencia, con el objeto de contribuir a a fi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la Ley N° 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico – productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia; Que, con Decreto Supremo N° 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el literal b) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza de manera excepcional transferencias fi nancieras, entre otras, las que realice el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, disponiendo en el numeral 16.2 que las transferencias se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, con O fi cio N° 1077-2021-JUS/CMAN-SE, remite el Informe N° 178-2021-CMAN-SE, mediante el cual emite opinión favorable y solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera para treinta y cinco (35) convenios suscritos con Gobiernos Locales, precisando que todos son proyectos de inversión que se enmarcan en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante Informe N° 179-2021-JUS/OGPM-OPRE, señala que la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN; cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/ 3 500 000,00 (Tres Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles) por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios para la continuación del trámite de la autorización de la transferencia fi nanciera; Con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema