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23 NORMAS LEGALES Martes 8 de junio de 2021 El Peruano / VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Fiscalización e Instrucción que tiene por objeto disponer la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fi jo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Veri fi cación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL; (ii) El Informe Nº 00140-DFI/2021 de la Dirección de Fiscalización e Instrucción, que sustenta el Proyecto al que se re fi ere el numeral precedente, y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 123-2014-CD/OSIPTEL, este Organismo aprobó el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante Reglamento de Calidad); Que, mediante Resolución N° 129-2020-CD/ OSIPTEL, se aprobó la modi fi cación del citado Reglamento de Calidad, con el fi n de efectuar su reordenamiento normativo y llevar a cabo su recomposición agrupando en un único anexo todas las defi niciones y fórmulas de los indicadores de calidad que contiene, e introduciendo los valores objetivos correspondientes de forma directa en texto de su articulado, sin crear nuevas obligaciones; Que, en el artículo 6° del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, se de fi nen los indicadores de calidad del servicio de acceso a Internet que deben de ser cumplidos por las empresas operadoras; Que, mediante Resolución Nº 0087-2021-CD/ OSIPTEL, este Organismo aprobó la publicación para comentarios del Proyecto de Norma que detalla las obligaciones técnicas a ser cumplidas por las empresas operadoras con el fi n de implementar el Sistema de Medición Automatizado para la Veri fi cación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL (en adelante, el Proyecto de Norma); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5 de la Resolución de Consejo Directivo N° 0087-2021-CD/OSIPTEL, se dispuso que la Gerencia General del OSIPTEL aprobará la publicación para comentarios del Instructivo Técnico para el cumplimiento de las obligaciones normativas establecidas en el inciso f) y g) del artículo 4 del Proyecto de Norma; Que, el artículo 7° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que, resulta oportuno que, previamente a su aprobación, el contenido y detalle de los criterios técnicos para el cumplimiento de las obligaciones indicadas en el inciso f) y g) del artículo 4° del Proyecto de Norma, sean publicados para recabar comentarios de las empresas operadoras y los demás interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la aprobación de la publicación del Proyecto de Instructivo Técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fi jo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Veri fi cación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL, otorgándose el plazo respectivo para la remisión de los comentarios correspondientes; Que, conforme a lo dispuesto por el literal m) del artículo 89° del Reglamento General del OSIPTEL y el artículo 4° de la Resolución de Consejo Directivo N° 129-2020-CD/OSIPTEL;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fi jo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Veri fi cación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el Proyecto de Instructivo Técnico a que se re fi ere el artículo precedente, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo 3.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario, a ser contado a partir del día siguiente de la fecha en que la presente Resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios al correo electrónico sid@osiptel.gob.pe, mediante un archivo adjunto en formato Word. Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Fiscalización e Instrucción del OSIPTEL, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Gerencia General de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA Gerente General 1960490-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO, MINERO Y METALURGICO Designan Gerente General del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 057-2021-INGEMMET/PE Lima, 7 de junio de 2021CONSIDERANDO:Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, en el ejercicio de sus funciones goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2007-EM; Que, conforme a lo establecido en el artículo 35 del referido Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, en tanto se apruebe la nueva Ley del Empleo Público, el personal del INGEMMET está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo N° 728 y sus modi fi catorias; Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2013- EM se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del INGEMMET, actualizado mediante Resolución de Presidencia N° 025-2014-INGEMMET/PCD, en el que se prevé como cargo estructural el de Secretario General, actualmente Gerente General, clasi fi cado como cargo de confi anza;