TEXTO PAGINA: 69
69 NORMAS LEGALES /Domingo 13 de junio de 2021 El Peruano ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONDONACIÓN DE ARBITRIOS DE LOS EJERCICIOS 2019 Y 2020, Y DE SUS INTERESES MORATORIOS, A ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO CON FINALIDAD EDUCATIVA Y/O DE REHABILITACIÓN, A FAVOR DE NIÑOS Y ADOLESCENTES PROVENIENTES DE HOGARES ECONÓMICAMENTE MENOS FAVORECIDOS Artículo Primero.- APROBAR la condonación de los Arbitrios correspondientes a los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana, de los ejercicios 2019 y 2020, y de los intereses moratorios correspondientes a cada ejercicio; generados por predios de asociaciones sin fi nes de lucro debidamente constituidas con fi nalidad educativa, en los niveles de inicial, primaria y secundaria, y/o de rehabilitación, a favor de niños y adolescentes provenientes de hogares económicamente menos favorecidos de la jurisdicción del distrito de San Isidro; previa evaluación de sus labores sociales por parte de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad de San Isidro. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional: www.munisanisidro.gob.pe. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en San Isidro, a los 9 días del mes de junio de 2021. AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde 1962531-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Aprueban las Bases del Sorteo “Vecino Puntual de Santa María del Mar” DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2021-MDSMM Santa María del Mar, 21 de mayo de 2021EL ALCALDE DE SANTA MARIA DEL MAR:VISTOS: El Informe N° 017-2021-MDSMM/GATF de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, el Informe N° 048-2021-MDSMM/GPPI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, el Informe N° 047-2021-MDSMM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el articulo 194° de la Constitución Política de Estado y sus modi fi catorias, en concordancia con el articulo II Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;Que, el segundo párrafo del articulo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía; Que, el articulo 42° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza N° 308-2020-MDSMM se aprueba el Programa de Incentivos “VECINO PUNTUAL DE SANTA MARIA DEL MAR - VPSMM”, norma que fue publicada el 20 de enero de 2021 en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la referida norma está destinada a desarrollar acciones que generen conciencia tributaria, promuevan y premien el cumplimiento del pago de obligaciones, cuyo efecto consolide las políticas de gestión tributaria, reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito y se establezca una serie de bene fi cios, entre ellos, la participación de los vecinos puntuales en sorteos; Que, mediante Informe N° 017-2021-MDSMM- GATF de fecha 21 de abril de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, fundamenta la propuesta de las Bases del Sorteo “Vecino Puntual de Santa María del Mar”, de conformidad a lo establecido en las disposiciones complementarias y fi nales de la Ordenanza N° 308-2020-MDSMM, respecto a su implementación en un plazo de 60 días hábiles, así como la facultad del señor alcalde que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuación; Que, mediante Informe N° 048-2021-GPPI/MDSMM de fecha 03 de mayo de 2021, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática opina de manera favorable de las Bases del Sorteo “Vecino Puntual de Santa María del Mar”, propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización; Que, mediante Informe N° 047-2021-MDSMM/GAJ de fecha 18 de mayo de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable a la aprobación de las Bases del Sorteo “Vecino Puntual de Santa María del Mar” a través de Decreto de Alcaldía, con la fi nalidad de contar con los documentos de gestión referentes al Programa de Incentivos del Vecino Puntual; Que, estando a lo expuesto, de los fundamentos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR las Bases del Sorteo “Vecino Puntual de Santa María del Mar”, la misma que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a las Gerencias y Unidades Orgánicas competente conforme a sus atribuciones, y a la Secretaria General la publicación del mismo en el diario ofi cial El Peruano y su difusión en la página web de la Municipalidad. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JIRIES MARTIN JAMIS SUMAR Alcalde BASES DEL SORTEO “VECINO PUNTUAL DEL DISTRITO DE SANTA MARIA DEL MAR” 1. OBJETOFortalecer y reconocer la cultura tributaria entre los vecinos del distrito, a través del establecimiento de