Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (13/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Domingo 13 de junio de 2021/ El Peruano Municipal designe al Comité Electoral que lleve a cabo la elección del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate periodo 2021 – 2023, en atención al informe precedente, a la vez, adjunta los informes de vistos del área de Juventud, mediante los cuales señala que el Consejo de Desarrollo Juvenil realizó una asamblea extraordinaria vía zoom (12.06.2020), en la que se respaldó la continuidad de funciones de la actual junta directiva, decidiéndose por mayoría extender de manera excepcional el periodo de gestión de la junta directiva (2018-2020), por un año más, es decir hasta Junio del 2021, con el fi n de garantizar el orden estructural y la continuidad de las acciones y funciones en curso; Que, mediante Informe N° 324-2021-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que corresponde designar a los integrantes del Comité Electoral propuesto por la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deportes y Juventudes, como sigue: Presidente - Gerente de Desarrollo e Inclusión Social, Luis Alberto Bernabé Berrospi; Vicepresidente - Sub Gerente de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, Pedro Augusto Chirinos Ruiz; Secretario - Encargado del Área de Juventud, Edu Raucana Hinostroza; Vocal - Representante Joven de una Organización Juvenil, José Díaz Flores; adicionalmente se incluya el acompañamiento técnico propuesto, representantes de la ONG Integración y Solidaridad y representante de la Diócesis de Chosica; por lo que opina, que mediante Decreto de Alcaldía se convoque a elecciones del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate para el periodo 2021-2023 y se designe al Comité Electoral que se encargará de llevar a cabo el proceso electoral; Que, mediante Proveído N° 179-2021-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTICULO 20° Y ARTICULO 42° DE LA LEY N° 27972 - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Artículo 1°.- CONVOCAR A ELECCIONES del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate 2021 -2023, que se realizará el 19 de Junio del 2021, de acuerdo al cronograma que establecerá el Comité Electoral; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2°.- CONSTITUIR; el Comité Electoral encargado de llevar a cabo el proceso eleccionario para la Elección del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate para el periodo 2021 -2023, el cual estará integrado por las siguientes personas: Presidente: Luis Alberto Bernabé Berrospi - Gerente de Desarrollo e Inclusion Social Vicepresidente: Pedro Augusto Chirinos Ruiz - Sub Gerente de Educación, Cultura, Deportes y Juventudes Secretario: Edu Raucana Hinostroza - Encargado del Área de Juventud Vocal: José Díaz Flores - Representante Joven de una Organización Juvenil Acompañantes Técnicos: Representante de la ONG Integración y Solidaridad Representante de la Diócesis de Chosica. Artículo 3°.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), encargando a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión. Artículo 4°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, y demás Unidades Orgánicas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1962502-1MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Aprueban la licencia habilitación urbana de tipo 5 con planeamiento integral denominada “VALLE HERMOSO DE PACHACÁMAC” del terreno ubicado en distrito de Pachacamac, peticionado por la Inmobiliaria Flores de Manzano C&C S.A.C. RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 169-2021-MDP/GDU Pachacámac, 25 de mayo de 2021EL GERENTE DE DESARROLLO URBANOVISTO:El Expediente Administrativo Nº 2526-2021 de fecha 19 de Marzo del 2021, designado a la solicitud de la administrada Inmobiliaria Flores de Manzano C&C S.A.C., representado por su Gerente General, Carrasco Vila Aquiles Leoncio, identi fi cado con DNI Nº 10496063, con Personería Jurídica inscrita en la Partida Nº 13365302 de los Registros Públicos de Lima, solicita Licencia de Habilitación Urbana del terreno de 48,588.00 m2, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305 – Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Expediente Administrativo Nº 2526- 2021 de fecha 19 de Marzo del 2021, la administrada Inmobiliaria Flores de Manzano C&C S.A.C, representado por su Gerente General, Carrasco Vila Aquiles Leoncio, identi fi cado con DNI Nº 10496063, con Personería Jurídica inscrita en la Partida Nº 13365302 de los Registros Públicos de Lima, solicita Licencia de Habilitación Urbana del terreno de 48,588.00 m2, constituido por el Lote Nº 48 El Manzano Unidad Catastral Nº 09403, ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia y Departamento de Lima; Que, en virtud al Acta de Veri fi cación y Dictamen, Acta Nº 01 de fecha 30 de Marzo 2021, la Comisión Técnica compuesta por los representantes siguientes: Presidente de la Comisión Técnica, Ing. López José con CIP Nº 69321, Colegio de Arquitectos del Perú Arq. Saenz Valles Yolanda con CAP Nº 7698, Colegio de Ingeniero del Perú Babilonia Arévalo Otto con CIP Nº 59197, Empresa de Servicio de Agua y Alcantarillado Ing. Espino Mendoza Cronwell Henry con CIP Nº 208111 y de la Empresa de Energía Eléctrica lng. Sacsa Chulluncuy Jorge Luis con CIP Nº 141918 y, asimismo considerando el fundamento que se detalla a continuación: “Efectuada la revisión de la documentación presentada el proyecto cumple con lo establecido en el D.S Nº 012-2019-VIVIENDA, resolviendo dictaminar conforme la propuesta de Habilitación Urbana Tipo 5 y el Planeamiento Integral de conformidad al DS Nº 029-2019- VIVIENDA, Art. 33”. Que, con Informe Nº 136-2021/GDU-SGOP de fecha 23 de Abril de 2021, el Sub Gerente de Obras Privadas remite los actuados en el presente trámite, detallando los cuadros que ha presentado en su memoria descriptiva en relación a la distribución de aportes, área destinada a vivienda entre otros, del mismo modo otorga la numeración de los planos a visar; Que, con Anexo 1 del citado expediente, la Inmobiliaria Flores de Manzano C&C S.A.C, representado por su gerente general Carrasco Vila Aquiles Leoncio, solicita se expida resolución de aprobación de habilitación Urbana fi n se le otorgue la Licencia de Habilitación Urbana del terreno de 48,588.00 m2;