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32 NORMAS LEGALES Jueves 17 de junio de 2021 El Peruano / de posibilitar la ejecución de proyectos de inversión para contribuir con el desarrollo sostenible e integración de la región, elevando el nivel de condición de servicio de las carreteras, dentro del ámbito de su jurisdicción regional. Asimismo sustentan su solicitud en el O fi cio Nº 0238-2019- A/MPC de la Municipalidad Provincial de Candarave, y el Ofi cio Nº 375-2019-A/MPJB de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, en los que brindan conformidad para proceder con el trámite de reclasi fi cación solicitado por las Municipalidades Distritales de Cairani mediante o fi cio N° 139-2019-A/MDC, Camilaca mediante O fi cio N° 147- 2019-A/MDC-C, Huanuara mediante O fi cio N° 151-2019- A/MDH, e Ilabaya a través del O fi cio Nº 395-2019-MDI/A; Que, mediante Memorándum N° 2360-2021- MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes brinda su conformidad y remite el Memorándum N° 1093-2021-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios y el Informe N° 073-2021-MTC/19.03 CGPGJVyO de la Coordinación General del Proceso de Jerarquización Vial y Otros de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la citada Dirección General, en el que se señala que resulta procedente la reclasi fi cación temporal de las Rutas Vecinales o Rurales como rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Tacna, siguientes: - Ruta Vecinal o Rural No TA-511 de Trayectoria: Emp. TA-105 (Pampuyo) - Dv. Chaullani – Quilcata - Dv. Capilluni - Coranchaya - Pujocucho - Turun Turun – Cairire - Emp. TA-103. - Ruta Vecinal o Rural No TA-517 Tramo: Emp. TA- 511 - Emp. TA-524 (Dv. Cairani). - Ruta Vecinal o Rural No TA-524 en el Tramo: Emp. TA-517 – Yarabamba. - Ruta Vecinal o Rural No TA-530 en el Tramo: Huanuara - Pte. Muralla - Pte. Pondera - Tres Cruces - Pte. Angostura - Huaycara - Pte. Granadillo - Pte. Cucchicahua - Emp. TA-515. Que, de acuerdo con el citado Informe N° 073-2021- MTC/19.03 CGPGJVyO de la Coordinación General del Proceso de Jerarquización Vial y Otros de la Dirección de Disponibilidad de Predios, la referida reclasi fi cación temporal, permitirá mejorar el tiempo de recorrido, la circulación de los vehículos de pasajeros y especialmente de carga para el transporte de productos agrícolas de las provincias de Candarave y Jorge Basadre, permitiendo dinamizar la actividad agrícola y comercial, constituyéndose en el enlace entre los centros de producción y centros de acopio; por lo que, concluye que es procedente disponer la reclasi fi cación temporal como Ruta Departamentales o Regionales de las Rutas Vecinales o Rurales Nº TA-511, TA-517, TA-524 y TA-530, las cuales pasarán a formar parte de las Rutas Departamentales o Regionales con códigos temporales N° TA- 112, TA-517, TA-114 y TA-115. Que, asimismo, indica que la reclasi fi cación temporal tendrá vigencia hasta la culminación de las intervenciones que realicen las autoridades competentes, lo cual deberá ser informado por el Gobierno Regional de Tacna, a fi n de tramitar la conclusión de la mencionada reclasi fi cación temporal; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la reclasi fi cación temporal de las Rutas Vecinales o Rurales Nº TA-511, TA-517, TA-524 y TA-530, como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Tacna, en los términos señalados por la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través del Informe N° 073-2021-MTC/19.03 CGPGJVyO de la Coordinación General del Proceso de Jerarquización Vial y Otros de la Dirección de Disponibilidad de Predios; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01; el Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; el Decreto Supremo Nº 012-2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador; y, el Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reclasi fi cación Temporal como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Tacna Reclasi fi car, de manera temporal, como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Tacna a las Rutas Vecinales o Rurales que se detallan a continuación: 1.1 Ruta Vecinal o Rural N° TA-511 de Trayectoria: Emp. TA-105 (Pampuyo) - Dv. Chaullani – Quilcata - Dv. Capilluni - Coranchaya - Pujocucho - Turun Turun – Cairire - Emp. TA-103; asignándosele el código temporal N° TA-112 con la siguiente trayectoria: Ruta N° TA-112 Emp. TA-105 (Pampuyo) - Dv. Chaullani – Quilcata - Dv. Capilluni - Coranchaya - Pujocucho - Turun Turun – Cairire - Emp. TA-103. 1.2 Ruta Vecinal o Rural N° TA-517 en el Tramo: Emp. TA- 511 - Dv. Charipujio – Emp. TA-524 (Dv. Cairani); asignándosele el código temporal N° TA-113 con la siguiente trayectoria: Ruta N° TA-113 Emp. TA-109 (Dv. Cairani) - Dv. Charipujio – Emp. TA- 112. 1.3 Ruta Vecinal o Rural No TA-524 en el Tramo: Emp. TA-517 – Yarabamba, asignándosele el código temporal N° TA-114 con la siguiente trayectoria: Ruta N° TA-114 Emp. TA-109 – Emp TA-113 (Yarabamba). 1.4 Ruta Vecinal o Rural No TA-530 en el Tramo: Huanuara - Pte. Muralla - Pte. Pondera - Tres Cruces - Pte. Angostura - Huaycara - Pte. Granadillo - Pte. Cucchicahua - Emp. TA-515; asignándosele el código temporal N° TA-115 con la siguiente trayectoria: Ruta N° TA-115 Emp. TA-109- Pte. Cucchicahua - Pte. Granadillo – Huaycara - Pte. Angostura - Tres Cruces - Pte. Pondera - Pte. Muralla – Emp. TA-109 (Huanuara). Artículo 2.- Vigencia de la Reclasi fi cación Temporal como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Tacna La Reclasi fi cación Temporal como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Tacna señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se mantendrá vigente hasta la culminación de las intervenciones que realicen las autoridades competentes, lo cual debe ser informado por el Gobierno Regional de Tacna a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a fi n de que se tramite su conclusión. Artículo 3.- Competencia para otorgar autorizaciones de uso del derecho de vía Las autorizaciones de uso del derecho de vía de los tramos viales comprendidos en la presente Resolución Ministerial, serán otorgadas por la municipalidad provincial o distrital competente de la Red Vial Vecinal o Rural a la cual corresponden, según el Clasi fi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1963329-1