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39 NORMAS LEGALES Jueves 17 de junio de 2021 El Peruano / Vida sin Drogas- DEVIDA, aprobado mediante Resolución de Gerencia General N° 156-2019-DV-GG, modi fi cado por Resolución de Gerencia General N° 164-2019-DV-GG, respecto al per fi l de puesto del Ejecutivo(a) de O fi cina Zonal, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos, a fi n de continuar con el desarrollo de las acciones conducentes al proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil. Artículo 3°.- COMUNICAR la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como disponer la publicación de la presente Resolución y su respectivo anexo en el Portal Institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas- DEVIDA (www.devida.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.EDSON JOEL DELGADO RODRÍGUEZ Gerente General (e) 1963993-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban formatos a ser utilizados en la formalización masiva de pueblos nuevos, según lo previsto en la Ley Nº 31056; así como los formatos vinculados a los lotes calificados con los Estados Situacionales señalados en el Reglamento de la Ley Nº 31056 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000077-2021-COFOPRI-DE San Isidro, 15 de junio de 2021 VISTOS: Los Informes Nº D000003-2021-COFOPRI-DFIND, Nº D000009-2021-COFOPRI-DFIND y Nº D000013-2021-COFOPRI-DFIND del 26 de febrero, 19 de abril y 14 de mayo de 2021, respectivamente, emitidos por la Dirección de Formalización Individual; los Memorandos Nº D001281-2021-COFOPRI-OPP y Nº D001284-2021-COFOPRI-OPP, emitidos el 28 de mayo del 2021 por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Nº D000083-2021-COFOPRI-DND y Nº D000084-2021-COFOPRI-DND del 31 de mayo y 01 de junio del 2021, respectivamente, emitidos por la Dirección de Normalización y Desarrollo; y, el Informe Nº D000293-2021-COFOPRI-OAJ del 14 de junio de 2021, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, según lo establecido en la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos y sus respectivas modi fi caciones, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI asume, de manera excepcional, las funciones de ejecución del proceso de formalización a que se re fi ere el Título I de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos; Que, la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización, amplía el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios urbanos a cargo de COFOPRI, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026; además de ampliar el plazo de ocupación de las posesiones informales para que sean bene fi ciarias de las acciones de formalización, que se hubiesen constituido sobre inmuebles de propiedad estatal, hasta el 31 de diciembre de 2015; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2021-VIVIENDA aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización, el cual establece diversos procedimientos, entre ellos los vinculados con el proceso de formalización individual, como son: (i) Formalización de posesiones informales con ocupación entre el periodo del 01 de enero de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2015; (ii) Reversión de predios; (iii) Tratamiento de lotes de vivienda abandonados en posesiones informales y centros poblados; (iv) Prescripción Adquisitiva Administrativa y Regularización de la propiedad en posesiones informales; (v) Reubicación a favor de familias que ocupan terrenos en zonas de riesgo; Que, con los Informes Nº D000083-2021- COFOPRI-DND y Nº D000084-2021-COFOPRI-DND del 31 de mayo y 01 de junio de 2021, la Dirección de Normalización y Desarrollo, en consideración con los informes que sustentan los formatos propuestos por la Dirección de Formalización Individual en los Informes Nº D000003-2021-COFOPRI-DFIND, Nº D000009-2021-COFOPRI-DFIND y Nº D000013-2021-COFOPRI-DFIND del 26 de febrero, 19 de abril y 14 de mayo de 2021, respectivamente, fundamentado en los Informes Nº D000014-2021-COFOPRI-SEMP y Nº D00039-2021-COFOPRI-SCAL emitidos el 12 de febrero de 2021, el Informe Nº D00104-2021-COFOPRI-SCAL emitido el 12 de abril del 2021, los Informes Nº D00043-2021-COFOPRI-SEMP y Nº D000130-2021-COFOPRI-SCAL emitidos del 10 de mayo de 2021, propone se gestione la aprobación de los formatos a ser utilizados en la formalización masiva de pueblos nuevos, según lo previsto en la Ley Nº 31056; así como los formatos vinculados a los lotes calificados con los Estados Situacionales señalados en el Reglamento de la Ley Nº 31056, denominados: ANEXO Nº 1: Ficha de Empadronamiento o Verifi cación (Ley Nº 31056). ANEXO Nº 2: Título de Propiedad Gratuito Registrado con Carga. ANEXO Nº 3: Declaración jurada de no ser propietario/a o copropietario/a de otro inmueble destinado a vivienda, uso comercial o industrial dentro del territorio nacional. ANEXO Nº 4: Instrumento de Levantamiento de Carga.ANEXO Nº 5: Instrumento de Transferencia.ANEXO Nº 6: Título de Propiedad Gratuito Registrado – Reubicados. ANEXO Nº 7: Transferencia de Propiedad.ANEXO Nº 8: Instrumento de transferencia - lote en Zona de Riesgo, secciones de vías y/o servidumbres de líneas de alta tensión.