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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (24/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 24 de junio de 2021 El Peruano / Artículo 11.- Funciones del COMPRAGRO El COMPRAGRO debe efectuar las siguientes funciones: a) Elaborar la propuesta de plani fi cación de las compras de alimentos de origen en la agricultura familiar según lo establecido en el artículo 14 de la presente norma. b) Coordinar con el área usuaria, la de fi nición de especi fi caciones técnicas de los alimentos de origen en la agricultura familiar y requisitos de admisión de los/las productores/as u organizaciones de productores/as de la agricultura familiar, a través de la elaboración del requerimiento de compra; entre otras que sean necesarias para la implementación de la presente norma. c) Realizar la indagación del mercado. d) Proponer al titular del programa o al titular de la entidad que ejecuta el programa, según corresponda, la propuesta de compra anual de alimentos de origen en la agricultura familiar de la localidad. e) Elaborar las bases del procedimiento de compra de alimentos de origen en la agricultura familiar. f) Conducir el procedimiento de compra de alimentos de origen en la agricultura familiar. Artículo 12.- Roles del MIDAGRI y PRODUCE12.1 El rol del MIDAGRI, en el proceso de compra, comprende lo siguiente: a) Facultar el uso del signo distintivo “Agricultura Familiar del Perú”, de manera gratuita a los/las productores/as u organizaciones de productores/as de alimentos de origen en la agricultura familiar. b) Implementar el Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor con la información sobre el/la productor/a u organización de productores/as de la agricultura familiar y lugar de producción del alimento. c) Publicar en su página web el listado de los licenciatarios del signo distintivo “Agricultura Familiar del Perú” para los alimentos agrarios. d) Publicar el calendario de siembras y cosechas e información de precios regionales a través del SIEA y difundir dicha información. e) Aprobar las bases estándar para los procedimientos de compras mayores. f) Brindar el acompañamiento necesario a los programas o las entidades que ejecutan los programas, para la implementación de la presente norma. 12.2 El rol del PRODUCE, en el proceso de compra, comprende lo siguiente: a) Publicar en su página web el listado de aquellos productores/as de productos hidrobiológicos de la acuicultura y la pesca artesanal, que cuenten con los títulos habilitantes acuícolas y permisos de pesca correspondientes. b) Publicar en su página web el calendario de vedas; el Catastro Acuícola Nacional con información de la distribución de los productores/as acuícolas de la Acuicultura de Recursos Limitados (AREL) y de la Acuicultura de la Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) en el territorio; y, la información sobre los permisos de pesca. c) Publicar y difundir información de precios de productos hidrobiológicos de la acuicultura y la pesca artesanal a través de la plataforma del datero pesquero o el que haga sus veces. 12.3 El MIDAGRI y PRODUCE deben efectuar las acciones que correspondan para mantener actualizada, la información señalada en el presente artículo, de manera diaria, semanal, mensual y/o anual, de acuerdo con la naturaleza de la información. CAPÍTULO III PROCESO PARA LA COMPRA DE ALIMENTOS DE ORIGEN EN LA AGRICULTURA FAMILIAR Artículo 13.- Fases del proceso para la compra de alimentos de origen en la agricultura familiarEl proceso para la compra de alimentos de origen en la agricultura familiar está compuesto por las siguientes fases: a) Actos preparatorios. b) Procedimientos de compra de alimentos de la agricultura familiar. c) Ejecución contractual. SUBCAPÍTULO I ACTOS PREPARATORIOS Artículo 14.- Plani fi cación para las compras de alimentos de origen en la agricultura familiar 14.1 El programa o la entidad que lo ejecuta, plani fi ca la compra de alimentos de origen en la agricultura familiar para cumplir con los objetivos y resultados que buscan alcanzar; asimismo, diseña menús, raciones, canastas u otro similar, teniendo en cuenta el enfoque cultural y hábitos alimentarios de la población de su jurisdicción, así como la disponibilidad de los alimentos y valores nutricionales para la compra de alimentos de origen en la agricultura familiar. 14.2 Para la plani fi cación, el COMPRAGRO en coordinación con el área usuaria del programa o la entidad que lo ejecuta, según corresponda, debe llevar a cabo lo siguiente: 1) Elaborar una propuesta de cuadro de alimentos de la agricultura familiar con información del: a) Calendario de siembras y cosechas publicado por el MIDAGRI; para el caso de productos hidrobiológicos de la acuicultura y la pesca artesanal, corresponde la información del calendario de vedas y del Catastro Acuícola Nacional para efectos de conocer la distribución de productores acuícolas AREL y AMYPE en el territorio, publicado por el PRODUCE. b) Cálculo del precio promedio de alimentos agrarios en los mercados mayoristas y minoristas publicados por el MIDAGRI; para el caso del precio estimado de productos hidrobiológicos de la acuicultura y la pesca artesanal, se tienen de referencia los precios mayoristas publicados por el PRODUCE. 2) Realizar espacios participativos en donde se congreguen los/las productores/as y organizaciones de productores/as de la agricultura familiar de la localidad, a fi n de recoger la información sobre la oferta de alimentos de origen en la agricultura familiar, y alinearla con la demanda de alimentos del programa o entidad que lo ejecuta. El espacio participativo genera el cuadro de alimentos de la agricultura familiar. 14.3 La plani fi cación de las compras de alimentos de origen en la agricultura familiar es aprobada por el titular del programa o el titular de la entidad que lo ejecuta, según corresponda, para su posterior inclusión en el PAC, a propuesta del COMPRAGRO, determinando el tipo de procedimiento de compra. Artículo 15.- Requerimiento de compra 15.1 En base al PAC aprobado, el área usuaria realiza el requerimiento de compra, el cual contiene la información a detalle que precisa las especi fi caciones técnicas de los alimentos de origen en la agricultura familiar, así como los requisitos de admisión que trasladan a las bases del procedimiento de compra. 15.2 Las especi fi caciones técnicas de los alimentos deben considerar el cumplimiento de las normas de inocuidad de los alimentos e incluir las condiciones de entrega según el tipo de alimento. 15.3 El COMPRAGRO recibe el requerimiento de compra y realiza la indagación de mercado para determinar el precio estimado y garantizar la existencia de los alimentos requeridos que cumplan con las especi fi caciones técnicas y los requisitos de admisión establecidos. 15.4 Como resultado de la indagación de mercado, se pueden realizar ajustes al requerimiento de compra en coordinación con el COMPRAGRO.