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66 NORMAS LEGALES Jueves 24 de junio de 2021 El Peruano / a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del 01 de diciembre de 2020, prorrogado por los Decretos Supremos N° 201- 2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM, N° 076- 2021-PCM y N° 105-2021-PCM, este último, por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del 1 de junio de 2021; Que, con Resolución Viceministerial N° 291-2020-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica” (en adelante, el documento normativo), el mismo que tiene como objetivo establecer los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del mencionado concurso; Que, asimismo, a través de la Resolución Viceministerial N° 001-2021-MINEDU, se convoca al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y se aprueba su cronograma, el mismo que fue modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 033-2021-MINEDU y N° 156-2021-MINEDU; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el O fi cio Nº 00371-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00192-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIED, complementado con los Informe N° 00214-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED y N° 00263-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborados por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través de los cuales sustenta la necesidad de modi fi car el documento normativo, con la fi nalidad de adecuar algunos criterios y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso; Que, conforme se señala en los citados informes, la propuesta de modi fi cación del documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de Gestión Escolar, de la Dirección General de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección Técnico Normativa de Docente, de la Dirección de Formación Docente en Servicio, Dirección de Formación Inicial Docente y de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente; Que, a través del Informe N° 00702-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable al proyecto de documento normativo, en el marco de sus respectivas competencias, en la medida que se encuentra alineado con los instrumentos estratégicos e institucional del Sector Educación y no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, asimismo, con Informe Nº 00750-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta los informes y las opiniones técnicas emitidas, opina que la modi fi cación del citado documento normativo resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modificar la actividad 11.3 del numeral 11 del cuadro contenido en el numeral 5.1, los numerales 5.2.9, 5.3.9 y 5.4.2.3.1, los literales d) y h) del numeral 5.5.1.1, el literal a) del numeral 5.7.4.2.2, el numeral 5.7.5.3.2, el literal e) del numeral 5.7.5.6.2, el literal a) del numeral 5.7.6.2.1, el numeral 5.7.6.2.4, los numeral 5.7.7.3, 5.7.7.3.1 y 5.7.7.3.4, el literal a) del numeral 5.7.7.4.5, el literal t) del numeral 6.1 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 291-2020-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Modificar el último párrafo del Anexo I y el apartado 2 del Anexo II del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 291-2020-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al anexo de la presente resolución. Artículo 3.- Incorporar los numerales 3.57 y 3.58 al numeral 3, el numeral 4.50 al numeral 4, el numeral 5.7.4.2.11 al numeral 5.7.4.2 y los numerales 5.8.13, 5.8.14, 5.8.15 y 5.8.16 al numeral 5.8 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 291 -2020-MINEDU, conforme al tenor señalado en el anexo de la presente resolución. Artículo 4.- Derogar la actividad 11.1 del numeral 11 del cuadro contenido en el numeral 5.1 y los numeral 5.7.7.1, 5.7.7.1.1, 5.7.7.3.2 y 5.7.7.3.3 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 291-2020-MINEDU. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1966253-1