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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2021 (20/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 20 de marzo de 2021 / El Peruano de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; Que, el artículo 3º de la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, Ley Nº27189, señala que el servicio sólo podrá ser prestado luego de obtener la respectiva autorización otorgada por la Municipalidad correspondiente, donde se presta dicho servicio; Que, mediante D.S. Nº 055-2010-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, cuyo objetivo es establecer las normas generales para prestar el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores; y en su Cuarta Disposición Complementaria Final dispone que la Municipalidad Distrital Competente podrá dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdicción; Que, mediante Ordenanza Nº 1693-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba una regulación marco regula el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados o no motorizados en Lima Metropolitana y establece disposiciones especiales para el servicio de transporte en vehículos menores en el Cercado de Lima, reglamentando las condiciones de acceso y permanencia para la prestación de dicho servicio; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 444/MC la Municipalidad Distrital de Comas, en fecha 10 de julio de 2015, se aprobó el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados o no motorizados en el distrito; Que, la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, mediante informes de visto, señala la necesidad de contar con nuevos instrumentos legales que se encuentren en concordancia y al alcance de la normatividad vigente, para lograr regular el Transporte Público Especial de Pasajeros en nuestro distrito, dotándose así de una autoridad Municipal que cuente con los mecanismos legales necesarios para garantizar un servicio e fi ciente, seguro y ordenado; con procedimientos de razonabilidad, legalidad y proporcionalidad de acuerdo a ley, incorporando infracciones por motivos del contexto sanitario; Que, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, se pronuncia favorablemente por la procedencia de esta ordenanza, que aprueba la regulación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados en el Distrito de Comas; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de visto, opina de manera favorable al Proyecto de Ordenanza que aprueba la regulación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados en el Distrito de Comas, señalando que se eleven los actuados al Concejo Municipal, a efectos de que en sesión, se sirva evaluar y aprobar el proyecto de Ordenanza, por encontrarlo arreglado a Ley; Que, la Comisión Ordinaria de Regidores de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transportes, mediante dictamen de visto, emite dictamen favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Comas; Que, la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos, mediante dictamen de visto, mediante dictamen de visto, se pronuncia de manera favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba la regulación del servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Comas; Que, es política de la actual administración municipal desarrollar acciones que promuevan la economía local y al mismo tiempo mejoren las condiciones de vida de la población en general, teniendo en cuenta la condición socioeconómica de la comunidad y las características geográ fi cas de nuestro distrito, por ello resulta necesario mejorar el reglamento del servicio de transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados dentro de nuestra jurisdicción y contar con un instrumento de gestión que promueva la seguridad vial y la salud pública; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados en el Distrito de Comas, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza Municipal que regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados, la cual consta de treinta y dos (32) artículos, seis (06) disposiciones complementarias fi nales y tres (03) disposiciones complementarias transitorias. Artículo 2º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 444/MC, sus modi fi catorias y toda norma o disposición que contravenga a la presente ordenanza. Artículo 3º.- SUSPÉNDASE, a partir de la vigencia de la presente ordenanza, el otorgamiento de nuevos permisos de operación, ampliación y/o modi fi cación de paraderos e incremento de fl ota vehicular hasta la aprobación y publicación del Plan Regulador de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de Comas. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Fiscalización y Transporte, Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, Subgerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe). POR TANTO:Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde 1936812-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año 2022 DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2021-MDL Lince, 19 de marzo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Memorándum Nº 379-2021-MDL/GPP, de fecha 16 de marzo de 2021, procedente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; sobre la aprobación del Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados del año 2022, el Informe N° 094-2021-MDL/GAJ, de fecha 17 de marzo 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Proveído N° 00208-2021-MDL/GM, de fecha 19 de marzo 2021, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N°