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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2021 (20/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Sábado 20 de marzo de 2021 El Peruano / 28607, establece que: “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 53° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado de su jurisdicción; siendo el proceso de Planeación Local, integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, conforme al artículo IX del Título Preliminar de la referida Ley N° 27972; Que, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en el artículo 1° de fi ne al proceso como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalecen las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello, los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, determina las fases del proceso del presupuesto participativo; siendo éstas, preparación, concertación, coordinación con otros niveles de gobierno y formalización; Que, mediante Ordenanza N° 447-2020-MDL, de fecha 12 de noviembre de 2020, se aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Lince; Que, según lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento, el Cronograma de ejecución de las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo se establecerá anualmente mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorando N° 379-2021-MDL/ GPP, de fecha 16 de marzo de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite la propuesta de Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo 2020 Basado en Resultados del Distrito de Lince, y estando acorde a lo establecido en la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, expresa la necesidad de iniciar el proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2022, para el cual adjunta el Cronograma de Actividades correspondientes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR, el Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año 2022 a desarrollar en el distrito de Lince, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Equipo Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo del año 2022, el cumplimiento del Presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación y noti fi cación del presente Decreto de Alcaldía a los integrantes del Equipo Técnico. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO 2022 FASE I: PREPARACIÓN Actividades Fecha Hora 1.1 Comunicación, sensibilización y convocatoria22 al 29 de marzo de 2021- 1.2 Identi fi cación y Registro de Agentes Participantes30 de marzo al 09 de abril de 2021-1.3 Taller: Capacitación de niños, niñas y adolescentes30 de marzo de 2021 04:00 p.m. 1.4 Taller: Capacitación a los Agentes Participantes 14 de abril de 2021 06:00 p.m. FASE II: CONCERTACIÓN 2.1 Taller: Rendición de Cuentas del Presupuesto Participativo del año anterior16 de abril de 2021 06:00 p.m. 2.2 Taller: diagnóstico, identi fi cación y priorización de problemas21 de abril de 2021 06:00 p.m. 2.3 Presentación de propuestas de proyectos22 al 26 de abril de 2021- 2.4 Evaluación técnica de los proyectos27 de abril al 04 de mayo de 2021- 2.5 Taller de priorización de proyectos, formalización de acuerdos y compromisos05 de mayo de 2021 06:00 p.m. FASE III: COORDINACIÓN 3.1 Coordinación entre niveles de gobierno Durante todo el proceso FASE IV: FORMALIZACIÓN 4.1 Formalización del Documento Final del Proceso del Presupuesto Participativo 2022Mayo del 2021 - 1936720-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2022 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 083-2021-A-MDMM Magdalena del Mar, 2 de marzo del año 2021EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARVISTOS: El Memorando N° 112-2021-GDSGA- MMDM de la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, el Informe N° 050-2021-SGFCSS-GCSC-MDMM de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones, el Informe N° 021-2021-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 174-2021-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 391-2021-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, sobre el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2022 de la Municipalidad de Magdalena del Mar, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 3° de la Ley N°28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidos en la presente Ley; Qué; el artículo 9° de la norma acotada, establece que la Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperar del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el artículo 4° de la Ley N°29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que forman parte del Sistema Nacional de