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21 NORMAS LEGALES Jueves 25 de marzo de 2021 El Peruano / entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 58 del ROF señala que la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble es la unidad orgánica que tiene a su cargo la ejecución de los aspectos técnicos y normativos de la gestión, conservación y protección del patrimonio arqueológico en el país y de la formulación y propuesta de políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas, así como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación, presentación, puesta en valor y uso social, así como difusión del patrimonio arqueológico inmueble; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, encargada de diseñar, promover e implementar políticas estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias; así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; además, de acuerdo a su numeral 82.15 de la norma citada, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, “ Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura ”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107- 2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante el Informe Nº 000106-2021-DGPA/ MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, recomienda reconocer a la señora Martha Cabrera Romero como Personalidad Meritoria de la Cultura, en reconocimiento a su destacada labor en la promoción, difusión y protección del patrimonio cultural de la Nación, representado en los proyectos de investigación arqueológica en los que participó como directora principal y codirectora durante más de diez años, pudiendo citarse el proyecto arqueológico Conchopata en 2000, proyecto arqueológico Ñawimpuquio en 2001, proyecto de conservación arquitectónica y puesta en valor de la casa Velarde Álvarez en 2002, proyecto de investigaciones arqueológicas en el sector de Vegachayuq Moqo – Huari en 2011, proyecto de investigación y puesta en valor de la zona sagrada de Wari en 2013, entre otros; Que, además, se hace referencia a las publicaciones académicas que realizó la señora Martha Cabrera Romero, las cuales estuvieron enfocadas a poner en valor y desa fi ar los reducidos estudios sobre el imperio Wari, el sitio arqueológico Huari y en términos generales sobre la arqueología, cultura e historia ayacuchana; las investigaciones destacadas en zonas como: en el año 2010, los Huarpa: caracterización y tipología cerámica; en el año 2011, iconografía y simbolismo en la cerámica del estilo Chakipampa – Huari; en 2015, el área sagrada de Wari, investigaciones arqueológicas en Vegachayuq Moqo; en el año 2016, investigaciones arqueológicas en el sector de Monqachayuq –Wari; en el año 2017, galerías subterráneas funerarias en el sector de Monqachayuq – Wari; y en el año 2019, la iconografía del área ceremonial en «D» de Conchopata, siendo su más reciente investigación sobre la arqueología de la noche en el imperio Wari; Que, mediante el Memorando Nº 000092-2021-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 000166-2021-DIA/MC de la Dirección de Artes, concluye que se debe conceder el reconocimiento de personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Martha Cabrera Romero por su destacada labor profesional y cientí fi ca considerando la iniciativa, impacto y continuidad que generaron sus investigaciones para la arqueología ayacuchana, lo cual permitió la salvaguarda y difusión de datos signi fi cativos de sitios arqueológicos como el Complejo Arqueológico Huari y el sitio Arqueológico de Conchopata; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Martha Cabrera Romero; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1. Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora MARTHA CABRERA ROMERO en reconocimiento a su destacada labor profesional y cientí fi ca considerando la iniciativa, impacto y continuidad que generaron sus investigaciones para la arqueología ayacuchana. Artículo 2. Remitir copia de la presente resolución a la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ Ministro de Cultura 1937336-1 Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000067-2021-DM/MC San Borja, 22 de marzo del 2021VISTOS; el Proveído Nº 001396-2021-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000106-2021-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; el Memorando Nº 000092-2021-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000302-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el