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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2021 (30/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Martes 30 de marzo de 2021 / El Peruano Precisan en la Resolución N° 0334-2021- JNE, y su respectiva credencial, en cuanto al nombre correcto de regidora convocada RESOLUCIÓN N° 0411-2021-JNE Expediente N° JNE.2021008624 CALLAO - CALLAOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.VISTA: la Resolución N° 0334-2021-JNE, del 8 de marzo de 2021, y su respectiva credencial. CONSIDERANDOS1. Mediante el O fi cio N.º 166-2021-MPC/SG, presentado el 4 de marzo de 2021 por doña Julia Rosa Reyes Larraín, secretaria general de la Municipalidad Provincial del Callao, se comunica la licencia concedida a don Carlos Alberto Yataco Ramos, regidor del mencionado municipio, con motivo de las Elecciones Generales 2021. 2. No obstante, al expedirse la Resolución N° 0334- 2021-JNE, del 8 de marzo de 2021, y su respectiva credencial, por error material se consignó como regidor convocado a don Máximo Alejandro Martínez Barraza, identi fi cado con DNI N.º 255396261, cuando el nombre correcto de la autoridad convocada es doña Ana María Paiba Castro, identi fi cada con DNI N° 25621892. 3. Por consiguiente, en aplicación supletoria del artículo 407 del Código Procesal Civil, corresponde efectuar las precisiones del caso. 4. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente auto debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020 en el diario o fi cial El Peruano . Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. PRECISAR en la Resolución N° 0334-2021-JNE, del 8 de marzo de 2021, y su respectiva credencial, en cuanto al nombre correcto de la regidora convocada, según lo establecido en el primer y segundo considerandos del presente pronunciamiento. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Fallecido, según consta en la consulta Reniec. 1939116-1Convocan a fiscal superior elegido por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, para que asuma el cargo de segundo miembro del Jurado Electoral Especial de Chachapoyas RESOLUCIÓN N° 0413-2021-JNE Lima, veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.VISTO: el O fi cio N° 0244-2021-JEE-CHAC/JNE, recibido el 14 de marzo de 2021, suscrito por la presidenta del Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, con el cual remite la carta de la fi scal superior Julia Zuli Durán Cotillo, segundo miembro del mismo Jurado Electoral Especial, comunicando su designación como Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cajamarca. CONSIDERANDOS1.1. Mediante Decreto Supremo N° 122-2020- PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano , el 9 de julio de 2020, se convocó a Elecciones Generales para la Elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. 1.2. Con la Resolución N° 0305-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, fueron establecidos los Jurados Electorales Especiales (JEE), correspondientes a las Elecciones Generales 2021, como órganos de justicia electoral de primera instancia. Así, se emitió la Resolución N° 0440-2020-JNE, del 9 de noviembre de 2020 y sus modi fi catorias, con las cuales se declara la conformación de los 60 JEE, entre ellos, el JEE de Chachapoyas, instalado el 16 de noviembre de 2020. 1.3. El literal b del artículo 33 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), dispone que los segundos miembros de los JEE, titulares y suplentes, son elegidos entre los fi scales superiores, en actividad y jubilados, de la respectiva Junta de Fiscales Superiores. Para conformar el JEE de Chachapoyas, la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas eligió a la fi scal superior Julia Zuli Durán Cotillo como segundo miembro titular, quien se encuentra en funciones desde su instalación, y al fi scal superior Manuel Troya Dávila, como segundo miembro suplente. 1.4. Por medio de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 338-2021-MP-FN, publicada en el diario ofi cial El Peruano, el 13 de marzo de 2021, se da por concluida la designación de la referida magistrada como Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Amazonas1, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de Amazonas; y se la designa como Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Cajamarca2, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cajamarca. 1.5. La reciente designación de la mencionada fi scal superior en un distrito fi scal distinto, sobreviniente a su elección para ser miembro del JEE de Chachapoyas, impide que continúe ejerciendo el cargo electoral en el proceso de Elecciones Generales 2021; ante ello, corresponde aplicar el artículo 34 de la LOJNE, según el cual, en caso de impedimento del miembro titular, asume el cargo el miembro suplente, en este caso, el señor fi scal superior Manuel Troya Dávila. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DAR POR CONCLUIDA la participación en el proceso de Elecciones Generales 2021 de la señora magistrada Julia Zuli Durán Cotillo como segundo