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67 NORMAS LEGALES Sábado 1 de mayo de 2021 El Peruano / diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; Que, el numeral 5.7 de la sección 5 de la acotada Guía, establece que los Pliegos del Poder Ejecutivo, previamente remiten su Plan Estratégico Institucional al Órgano de Planeamiento Estratégico Sectorial perteneciente al Sector al cual se encuentra adscrito o el que haga sus veces, correspondiendo a este órgano elaborar un primer informe de validación sobre la consistencia y coherencia del PEI del Pliego con las políticas y planes bajo competencia del Sector, luego de lo cual, dicho informe junto al PEI es remitido por el Pliego mediante correo electrónico al CEPLAN, para que veri fi que y valide la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emita un informe técnico que contenga la Evaluación de Diseño del PEI, indicándose además, que luego de contar con dicho informe, el/la Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante correo electrónico (Expediente 2021- 0000328), la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, remitió al CEPLAN el proyecto del Plan Estratégico Institucional 2021-2024, solicitando el Informe Técnico en el marco de lo establecido en la Sección 5.7 de la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, con O fi cio Nº D000085-2021-CEPLAN-DNCP, de fecha 05 de marzo de 2021, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, remite al Rector (e), el Informe Técnico Nº D000025-2021-CEPLAN-DNCPPEI de fecha 04 de marzo de 2021, con el que se veri fi ca y valida que el PEI de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, para el periodo 2021-2024, ha sido elaborado en aplicación a las orientaciones que establece la Directiva de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Guía para el Planeamiento Institucional modi fi cada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 016-2019/CEPLAN/PCD, y recomienda entre otros, continuar con los trámites correspondientes para su aprobación mediante acto resolutivo, disponer su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, con O fi cio Nº 0264-2021-UNAMAD-R-OPEP, de 09 de marzo de 2021, la Directora de la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, remite al Rector (e), el Plan Estratégico Institucional UNAMAD 2021-2024, para su aprobación mediante Acto Resolutivo y su Publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, con Expediente Nº 463, de fecha 09 de marzo de 2021, el Rector (e), dispone la emisión de resolución rectoral respectiva; Que, el inciso c) del artículo 110º del Estatuto de la UNAMAD, dispone como una de las atribuciones y funciones del Rector: “Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera”; Que, estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios; SE RESUELVE:Artículo 1º: APROBAR, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2024, de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, conforme al anexo que consta de cincuenta y siete (57) folios útiles y que en original forma parte de la presente resolución. Artículo 2º: DISPONER, que la Dirección General de Administración, en coordinación con la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, realicen las acciones administrativas necesarias para la publicación de la presente resolución y el PEI 2021-2024, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y en el portal Web de la UNAMAD. Artículo 3º: DISPONER, que la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, distribuya copia del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2024, de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a las diferentes O fi cinas Académicas y Administrativas de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Artículo 4º: DEJAR SIN EFECTO, toda disposición normativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º: NOTIFICAR, la presente Resolución y su Anexo al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, Ministerio de Educación- Dirección General de Educación Superior universitaria-DIGESU, Ministerio de Economía y Finanzas-MEF, Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-SUNEDU y Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR. Regístrese, publíquese y cúmplase.HERNANDO HUGO DUEÑAS LINARES Rector (e) 1949011-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Aco, provincia de Corongo, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0462-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021002897 ACO - CORONGO - ÁNCASHVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, quince de abril de dos mil veintiuno.VISTOS: los O fi cios N° 004-2021-MDA/ALC y N° 030- 2021-MDA/ALC, presentados, respectivamente, el 25 de enero y 8 de abril de 2021, por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Aco, provincia de Corongo, departamento de Áncash, mediante los cuales remite documentos referidos al proceso de vacancia seguido en contra de la regidora doña Mary Natalyn Tantaruna Flores (en adelante, señora regidora), del referido concejo municipal, por la causa de Inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES Mediante el O fi cio N° 004-2021-MDA/ALC presentado, el 25 de enero de 2021, el referido alcalde remitió, entre otros, los siguientes documentos: a) Solicitud de vacancia presentada por don Pedro Rusbel Asencio Martínez, en contra de la señora regidora, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. b) Carta N° 026-2020-MDA/USG, del 27 de noviembre de 2020, a través de la cual se remitió a la señora regidora la solicitud de vacancia presentada en su contra. c) Carta N° 027-2020-MDA/USG, del 3 de diciembre de 2020, mediante la cual se noti fi có a la señora regidora la convocatoria a sesión extraordinaria para el 11 de diciembre de 2020, a fi n de evaluar la referida solicitud. d) Acta de noti fi cación, del 3 de diciembre de 2020, y fotografías que acompaña, mediante la cual se noti fi có a la señora regidora con las Cartas N° 026-2020-MDA/USG y N° 027-2020-MDA/USG. e) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 07-2020-MDA, del 11 de diciembre de 2020, mediante