Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2021 (01/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 1 de mayo de 2021 El Peruano / Dicha noti fi cación se entendió con doña Martina Sabina Flores Tapia, quien manifestó ser madre de la señora regidora, quien manifestó que “ no recibirán ninguna noti fi cación , por orden de su hija [énfasis agregado]”. Ante esta circunstancia, la noti fi cación se dejó bajo puerta, dejándose constancia de la negativa a recibirla y de las características del domicilio, conforme lo prevé el numeral 21.3 del artículo 23 del TUO de la LPAG (ver SN 1.6.), de lo que dio fe el Juez de Paz Aco - Corongo de la Corte Superior de Justicia del Santa. 2.4. Posteriormente, mediante el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 07-2020-MDA, se aprobó la solicitud de vacancia presentada en contra de la señora regidora, Dicha decisión fue formalizada mediante el Acuerdo de Concejo Municipal N° 07-2020-MDA/ALC, del 14 de diciembre de 2020. La noti fi cación del referido acuerdo de concejo se efectuó, bajo puerta, el 16 de diciembre de 2020, a través del Acta de noti fi cación, y fotografías que acompaña, al no encontrar a alguna persona en el referido domicilio, situación de la que dio fe el Juez de Paz Aco - Corongo de la Corte Superior de Justicia del Santa; asimismo, la señora regidora no interpuso medio impugnatorio alguno en contra de dicho acuerdo de concejo, por lo que fue declarado consentido con la Resolución de Alcaldía N° 004-2021-MDA/ALC, del 13 de enero de 2021. 2.5. Estando a lo expuesto, se veri fi ca que se respetaron las reglas de este procedimiento; en consecuencia, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a la señora regidora, y convocar al suplente que lo reemplazará en el cargo, de conformidad con el numeral 2 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.). 2.6. Así, corresponde convocar a doña Tania Luz Carhuancota Tantaruna, identi fi cada con DNI Nº 47036266, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional El Maicito, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Aco, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal (ver SN 1.2.). 2.7. Se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Mary Natalyn Tantaruna Flores, regidora del Concejo Distrital de Aco, provincia de Corongo, departamento de Áncash, emitida con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña T ania Luz Carhuancota Tantaruna, identi fi cada con DNI Nº 47036266, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Aco, provincia de Corongo, departamento de Áncash, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1949181-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Tantamayo, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco RESOLUCIÓN Nº 0465-2021-JNE Expediente Nº JNE.2020028152 TANTAMAYO - HUAMALÍES - HUÁNUCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, quince de abril de dos mil veintiuno.VISTO: el Informe N.° 02-2021-YAD-SG/MDT, presentado el 13 de abril de 2021, por el secretario general de la Municipalidad Distrital de Tantamayo, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, con el que remite los documentos solicitados sobre la vacancia del regidor don José Cierto Fernández (en adelante, señor regidor), por la causa de Inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Mediante la Resolución N.° 0595-2020-JNE, del 10 de diciembre de 2020, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones i) declaró la nulidad de lo actuado hasta la Sesión Extraordinaria N.° 022-MDT/A, del 10 de noviembre de 2020 (en la cual se declaró fundada la vacancia del señor regidor); ii) requirió al alcalde de la referida comuna para que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, a fi n de dilucidar y resolver dicha vacancia; iii) requirió al secretario general de la municipalidad que informe si, en contra del nuevo acuerdo de concejo municipal, emitido sobre la vacancia en mención, el señor regidor interpusiese algún recurso impugnatorio. 1.2. En cumplimiento de tal requerimiento, con los Informes N.° 01-2021-YAD-SG/MDT y N.° 02-2021-YAD-SG/MDT presentados el 7 y 13 de abril de 2021, respectivamente, el secretario general de la entidad edil adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a. Ofi cio N.° 44-2021-MDT-A, del 24 de febrero de 2021, mediante el cual se noti fi có al señor regidor su citación a la sesión extraordinaria de concejo municipal realizada el 13 de marzo de 2021, en la que se evaluó su vacancia. b. Acta de Sesión Extraordinaria N.° 03-2021-MDT/A, del 13 de marzo de 2021, en la cual el Concejo Distrital de Tantamayo declaró la vacancia en el cargo del señor regidor, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones de concejo municipal ordinarias consecutivas, contemplada en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. c. Acuerdo de Concejo N.° 01-2021-MDT/A, del 15 de marzo de 2021, que formalizó la vacancia declarada. d. Carta N.° 01-YAD/SG/MDT, del 17 de marzo de 2021, por la cual se noti fi có al señor regidor con el Acuerdo de Concejo N.° 01-2021-MDT/A. e. Acuerdo de Concejo N.° 03-2021-MDT/A, del 12 de abril de 2021, por el cual se declaró consentido el Acuerdo de Concejo N.° 01-2021-MDT/A, pues el señor regidor no formuló ningún recurso impugnatorio.