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27 NORMAS LEGALES Jueves 27 de mayo de 2021 El Peruano / Designan Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 011-2021-EF Lima, 26 de mayo de 2021CONSIDERANDO:Que, el numeral 60.1 del artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) son elegidos por concurso público y designados por un periodo de tres (03) años; Que, mediante el Decreto Supremo N° 186-2018-EF, se aprueba el procedimiento para los concursos públicos de evaluación y selección de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado–OSCE, en adelante, el Procedimiento; Que, el numeral 7.6.1 del Procedimiento establece que la Comisión Multisectorial encargada de la evaluación y selección de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE entrega al Ministro de Economía y Finanzas, en el plazo establecido en el cronograma, la relación de los postulantes seleccionados para su designación como Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE, así como su Informe Final sobre el concurso público realizado; Que, de acuerdo al numeral 7.6.2 del Procedimiento, el Ministro de Economía y Finanzas presenta al Presidente de la República la relación fi nal con los postulantes que alcanzaron los mayores puntajes para ser designados como Vocales, conjuntamente con el Informe Final de la Comisión Multisectorial, a efectos de que se realice la designación a través de una resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, donde se incluya la fecha en que asumen el cargo respectivo; Que, existen doce (12) plazas de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE que necesitan ser cubiertas, por lo que se efectuó el Concurso Público de evaluación y selección de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado – Convocatoria N° 001-2021-OSCE/VTCE, para la designación de dichas plazas; Que, la Comisión Multisectorial de evaluación y selección de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado llevó a cabo la convocatoria del Concurso Público, presentando al Ministro de Economía y Finanzas su Informe Final el día 18 de mayo de 2021, con el resultado de dicha convocatoria, donde comunica el procedimiento efectuado y la relación de dos (2) postulantes seleccionados para su designación respectiva; Que, en ese sentido, resulta pertinente designar a los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE, conforme a los resultados obtenidos en el concurso público efectuado en concordancia con el procedimiento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 186-2018-EF; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF; y el Decreto Supremo N° 186-2018-EF, Aprueban el procedimiento para los concursos públicos de evaluación y selección de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar, a partir de la fecha, en el cargo de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado–OSCE, a los siguientes profesionales:1. Chávez Sueldo, Olga Evelyn2. Cortez Tataje, Juan Carlos Artículo 2. La Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1957079-12 Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas y diversos Gobiernos Locales en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo Nº 098-2021-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 163-2021-EF/52 Lima, 26 de mayo del 2021CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 098-2021- EF, Decreto Supremo que aprueba la Operación de Endeudamiento Interno mediante la emisión de Bonos Soberanos prevista en la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se aprobó la operación de endeudamiento interno, a través de la emisión de Bonos Soberanos, hasta por la suma de S/ 6 425 000,00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL Y 00/100 SOLES), a ser efectuada en uno o varios tramos, destinada a fi nanciar una cartera de seis (6) proyectos de inversión y dos (2) estudios de preinversión o fi chas técnicas, cuya unidad ejecutora está a cargo de la Municipalidad Provincial de Páucar del Sara Sara, la Municipalidad Distrital de Oyolo, la Municipalidad Distrital de Huaccana y la Municipalidad Distrital de Lambrama; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 098-2021-EF dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, traspasa a las citadas unidades ejecutoras, Ios recursos derivados de la aludida operación de endeudamiento interno, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que es aprobado mediante Resolución Ministerial; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 4.2 del acotado artículo 4, los Convenios de Traspaso de Recursos, adicionalmente, establecen los términos y condiciones referidos a la atención del servicio de la deuda derivada de la citada operación de endeudamiento interno; Que, asimismo, el numeral 7.2 del punto 7 de los Lineamientos para la aplicación de la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobados por Resolución Ministerial N° 190-2020-EF/10, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas traspasa a cada entidad los recursos provenientes de las emisiones de Bonos mediante un Convenio de Traspaso de Recursos (CTR), el mismo que establece los términos y condiciones referidos al traspaso, así como a la atención del servicio de la deuda; Que, el artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establece que todo pago o reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a obligaciones generadas en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, son efectuados a través de un fideicomiso; asimismo, señala que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar dichos pagos o