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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (31/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Domingo 31 de octubre de 2021 El Peruano / dispuesto en la Ley N°27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública dispuesta en el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 031-2021-PRODUCE-PNIPA-DE. Artículo 2.- Designar a la abogada Fanny Leticia Reyes Mosquera, Especialista Legal de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – PNIPA, como responsable de entregar la información de acceso público que demanden las personas en concordancia con lo dispuesto en la Ley N°27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 3.- Ratifi car en todo lo que no se oponga lo dispuesto en la Resolución Directoral N°031-2021-PRODUCE-PNIPA-DE. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución a las Unidades y O fi cinas Macro Regionales (OMR) del PNIPA, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura 2006484-1 Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y en Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE) y Servicio de Extensión (SEREX) RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 085-2021-PRODUCE-PNIPA-DE Lima, 28 de octubre de 2021VISTO:El Informe N° 0000064-2021-PRODUCE-PNIPA/DO de la Dirección de Operaciones, Informe N°.00000093-2021-PRODUCE-PNIPA/UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 0000275-2021-PNIPA/UIA y el Informe N°.0000277-2021-PNIPA/UIA de la Unidad de Innovación en Pesca y en Acuicultura y el Informe N° 172-2021-PRODUCE-PNIPA/UAL de la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento (BIRF/Banco Mundial), por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA); Que, la República del Perú y el BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, fi rmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el PNIPA; Que, el Ministerio de la Producción, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP; que el citado programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para fi nanciar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos en Pesca y Acuicultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación especí fi camente al fi nanciamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Bene fi ciario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Bene fi ciario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (…)” Que, en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de la Producción, a través del PNIPA para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del PNIPA, y de las normas que regulan los fondos que administran, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación; asimismo, se autoriza que las transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas a las que se re fi ere se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de contrato de recursos no reembolsables, y requiriéndose el informe favorable previo de la o fi cina de presupuesto. Dicha facultad para la aprobación de las subvenciones a que se re fi ere la presente disposición, referidas al ámbito del mencionado Programa, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, de fecha 29 de enero de 2021, entre otros, se delegó en la Dirección Ejecutiva del PNIPA, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, las Unidades de Innovación en Acuicultura y la Unidad de Innovación en Pesca mediante el Informe N° 0000275-2021-PNIPA/UIA y el Informe N°.0000277-2021-PNIPA/UIA como responsables de la veri fi cación de la información de las solicitudes de desembolsos y de los fondos del respectivo Proyecto de Inversión Pública (PIP), presentan la relación de las subvenciones que se otorgará a las Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Acuicultura y Pesca, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021 y solicitan la certi fi cación del aporte de la contrapartida del PNIPA por el monto total de S/ 2,730,737.10 del PIP de Acuicultura y Pesca; Que, a través del Informe N° 0000093-2021-PRODUCE- PNIPA/UPP, emitido por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, atendiendo a lo solicitado por las Unidades de Innovación en Acuicultura y la Unidad de Innovación en Pesca anteriormente citadas, establece la relación de las subvenciones a Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación