NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Sábado 4 de setiembre de 2021 El Peruano / las contrataciones directas, así como de los contratos que se hayan convocado durante la vigencia del Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento. p) Invitar a los postores que participaron en el procedimiento de selección que derivó en un contrato resuelto o declarado nulo para que manifiesten su intención de ejecutar las prestaciones pendientes de ejecución, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. q) Autorizar las contrataciones, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, en el ámbito de competencia de la Unidad Ejecutora 032: Ofi cina General de Infraestructura. r) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), j) y l) del artículo 27 de la Ley Contrataciones del Estado. s) Declarar la nulidad en el supuesto establecido en el numeral 72.7 del artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 7.3 En materia administrativa a) Ejercer representación legal ante cualquier tipo de entidades fi nancieras, bancarias y similares, autoridades y/o dependencias privadas y públicas para solicitar permisos y/o licencias, suscribir contratos, iniciar y proseguir procedimientos administrativos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; desistirse y participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas. b) Autorizar el pago por enriquecimiento sin causa y/o reconocer el pago por obligaciones contraídas en ejercicios anteriores a cargo de la Unidad Ejecutora 032: Ofi cina General de Infraestructura. En dichos casos, dispondrá el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan, poniendo en conocimiento los hechos a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos. El reconocimiento de los adeudos se formalizará por Resolución, contando previamente con el Informe del área usuaria, el Informe Técnico del Área de Administración y el Informe Jurídico de la O fi cina Legal. Artículo 8. DELEGACIÓN DE FACULTADES EN LA OFICINA DE OBRAS, EN LA OFICINA DE ESTUDIOS, EN LA OFICINA DE LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS Y EN EL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTURA: 8.1 Ofi cina de Obras, en materia de asociaciones público privadas, proyectos en activos y obras por impuestos - Aprobar las especi fi caciones técnicas y económicas para la contratación de la entidad privada supervisora. 8.2 O fi cina de Estudios, en materia de contrataciones del Estado, asociaciones público privadas, proyectos en activos, inversiones de optimización, ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR) y obras por impuestos - Aprobar, modi fi car y/o actualizar estudios de fi nitivos y expedientes técnicos de proyectos de inversión, expedientes de mantenimiento, IOARR y documentos equivalentes en el ámbito de competencia de la Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura. 8.3 Ofi cina de Liquidación de Contratos, en materia de contrataciones del Estado Elaborar, observar y/o aprobar , comunicar y/o noti fi car a los contratistas las liquidaciones de ejecución de obras y consultorías de obra, así como cualquier incidencia relativa al procedimiento de la liquidación de contratos que deriven de procedimiento de selección, contrataciones directas y de encargo, bajo el ámbito de cualquier mecanismo que regule la contratación pública, así como de los contratos que se hayan convocado con el Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, en el ámbito de competencia de la Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura, debiendo aplicar, de corresponder, las penalidades al contratista a cargo de la ejecución de obra y/o de la consultoría de obra que no fueron deducidas en los pagos a cuenta y/o en las valorizaciones. 8.4 Área de Administración, en materia de contrataciones del Estado a) Suscribir, modi fi car, penalizar y resolver los contratos, las órdenes de compra y servicios para las contrataciones, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, en el ámbito de competencia de la Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura. b) Aplicar las penalidades, a los contratistas que incumplan las obligaciones a su cargo, deduciéndolas de los pagos a cuenta, de las valorizaciones, del pago fi nal, según corresponda; o, de ser necesario, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fi el cumplimiento. Artículo 9. DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE SUPLENTE DE LA OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTURA: El/La Director/a General de la O fi cina General de Infraestructura designará a un representante suplente para ejercer la representación en la Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), para que gestione y autorice, en ausencia del/de la Director/a General, los asuntos y documentos ante la citada entidad en temas tributarios y aduaneros. Artículo 10. DELEGACIÓN DE FACULTADES EN EL PROCURADOR PÚBLICO DEL SECTOR INTERIOR: Delegar en el/la Procurador/a Público/a del sector Interior respecto a los procesos de contrataciones en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, respecto a los contratos derivados de los convenios de administración de recursos suscritos por el Ministerio del Interior, las siguientes facultades: a) La aprobación de la designación de árbitros por parte de la Entidad, en el marco del artículo 230 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. b) Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, en el marco del artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. c) Someter a arbitraje la decisión de la Junta de Resolución de Disputas, en el marco del artículo 251 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Artículo 11. DELEGACIÓN DE FACULTADES EN LA OFICINA GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES: La representación del Ministerio del Interior ante la empresa Apple Inc. a efectos de suscribir una carta de presentación para la inscripción en el programa denominado “Apple Developers”. Artículo 12. Del manejo de cuentas bancarias Los Responsables de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 007: Ministerio del Interior, deben designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de sus cuentas bancarias. Artículo 13. De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se re fi ere la presente Resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.