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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (28/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / Autorizan transferencia financiera a la Municipalidad Distrital de Vichayal, para el cofinanciamiento de inversión Creación de los Servicios Deportivos en el Sector San Isidro del C.P Miramar del Distrito de Vichayal, Provincia de Paita, departamento de Piura ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 1918-2022/GRP-CR Piura, 18 de abril del 2022VISTO:La Resolución de alcaldía Nº 306-2021/MDV de fecha (17.11.2021); el Acuerdo de Concejo Nº 002-2022-MDV, de fecha (19.01.2022), el O fi cio Nº 024-2022/MDV- ALC, de fecha (25.01.2022), el Informe Nº 009-2022/GPP-MSV, de fecha (27.01.2022), el Informe Nº 023-2022/GRP-410000, de fecha (23.02.2022), el Informe Técnico Nº 020-2022/GRP-410110-AEMS, de fecha (24.02.2022), el Informe Nº 028-2022/GRP-410110, de fecha (24.02.2022), Informe Nº 028-2022/GRP-410000, de fecha (28.02.2022), el Informe Nº 290-2020/GRP-460000, de fecha (08.03.2022), el Memorando Nº 015-2022/GRP-400000, de fecha (18.03.2022) y el Dictamen Nº DICTAMEN Nº 0007 -2022/GRP-CR-CPPTyAT, de fecha (06.04.2022); CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su artículo 13º prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Además, en el artículo 15º literal a) señala que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el artículo 39º, modi fi cado por Ley Nº 31433, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, publicada en el diario o fi cial El Peruano, el 06 de marzo del 2022, que dispone lo siguiente: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)”; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, Ley Nº 31365, establece que: 16.1 Autorizase, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (…) l) Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, ha dispuesto lo siguiente: “Artículo 76. Transferencias Financieras 76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de pliegos o de entidades que no constituyen pliego presupuestario, es así que las transferencias fi nancieras que se puedan efectuar durante la ejecución, se autorizan y se regulan en las leyes anuales del presupuesto del sector público; Que, con O fi cio Nº 024-2022/MDV-ALC, de fecha 25 de enero del 2022, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Vichayal-Paita, da a conocer al Gobernador Regional de Piura, que la Municipalidad ha elaborado el expediente técnico del Proyecto denominado “Creación de los Servicios Deportivos en el Sector San Isidro del Centro Poblado Miramar del Distrito de Vichayal, Provincia de Paita, Departamento de Piura ” con CUI 2534261, por lo que solicita la suscripción de convenio para el fi nanciamiento y ejecución del proyecto antes indicado; Que, mediante Informe Técnico Nº 020-2022/GRP- 410110-AEMS, de fecha 24 de febrero del 2022, el Econ. Alan E. Mendoza Sandoval, profesional de la OPMI, indica que se ha podido veri fi car que la inversión: “Creación de los Servicios Deportivos en el Sector San Isidro del C.P Miramar del Distrito de Vichayal, Provincia de Paita, Departamento de Piura”, con Código Único de inversión Nº 2534261, se encuentra viable, registra un costo de inversión de S/ 1´131,709.83; NO registra ejecución fi nanciera, se encuentra incorporado en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) de la citada municipalidad, cuenta con registro de expediente técnico mediante el Formato Nº 08A Registros en la Fase de Ejecución, Resolución de Alcaldía Nº 306-2021-MDV (17-11-2021), cuenta con información registrada y actualizada en el Formato 12-B, Seguimiento a la Ejecución de Inversiones, de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su intervención corresponde al servicio de practica deportiva y/o recreativa, por lo que conforme a lo prescrito en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la municipalidad cuenta con competencias para su ejecución; Que, mediante Informe Nº 028-2022/GRP-410000, de fecha 24 de febrero del 2022, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, C.P.C Luis Ángel Nunura Vite, alcanza a la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, conformidad presupuestal respecto a las transferencias fi nancieras a los Gobiernos Locales hasta por el monto total de S/ 13’961,849.00 con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante informe Nº 290-2022/GRP-460000, de fecha 08 de marzo del 2022, el jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Abg. José Carlos Vela Ojeda, indica que para el año fi scal 2022, la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el presupuesto público para el año fi scal 2022, ha autorizado que entre los niveles de gobiernos subnacional realicen transferencias fi nancieras, para fi nanciar o co fi nanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional Programación Multianual y Gestión de Inversiones, previa suscripción de convenio.; Que, mediante Dictamen Nº 0007 -2022/GRP-CR- CPPTyAT, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, recomiendan AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Distrital de Vichayal, por la suma de 1´000,000.00 (Un Millón con 00/100 soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados para el cofi nanciamiento de la inversión Creación de los Servicios Deportivos en el Sector San Isidro del C.P Miramar del Distrito de Vichayal, Provincia de Paita, Departamento de Piura”, con Código Único de inversión Nº 2534261, previa suscripción de convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Vichayal para el Co fi nanciamiento de la ejecución del proyecto de inversión en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE); Que, estando a lo acordado y aprobado POR UNANIMIDAD, en Sesión Extraordinaria Nº 010-2022, celebrada el día 18 de abril de 2022, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitució n Polí tica del Estado, modi fi cada por Ley No 27680, Ley Orgá nica de Gobiernos Regionales - Ley