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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (28/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto señalado en el Artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Cuarto: PONER DE CONOCIMIENTO el presente Acuerdo Regional a la Municipalidad Distrital de Los Órganos, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicación del presente acuerdo en El Diario O fi cial el Peruano y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Sexto: DISPENSAR el presente acuerdo de trámite de lectura y aprobación de acta. POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.ALFONSO LLANOS FLORES Consejero DelegadoConsejo Regional 2061576-1 Autorizan transferencia financiera a la Municipalidad Distrital de Paimas, para cofinanciamiento de la inversión Creación del Servicio de Agua Potable Y Saneamiento Rural, en el caserío de Tomapampa Alto, del Distrito de Paimas, Provincia de Ayabaca, departamento de Piura ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 1922-2022/GRP-CR Piura, 20 de abril de 2022VISTO: El O fi cio Nº 187-2021/MDP-A, de fecha (20.07.2021); el O fi cio Nº 193-2021/MDP-A, de fecha (26.07.2021); el Ofi cio Nº 251-2021/MDP-A, de fecha (28.09.2022); el Ofi cio Nº 017-2022/MDP-A, de fecha (25.01.2022); la Resolución Gerencial Nº 187-2021-MDP-GM, de fecha (14.12.2021); el Acuerdo de Consejo Nº 002-2022-MDP, de fecha (21.01.2022); el Informe Nº 006-2022-MDP-O.P.PTO-JLSCH, de fecha (24.01-2022); el O fi cio Nº 017-2022-MDP-A, de fecha (25.01.2022); el Informe Nº 023-2022/GRP-410000, de fecha (23.02.2022); el Informe Técnico Nº 020-2022/GRP-410110-AEMS, de fecha (24.02.2022); el Informe Nº 028-2022/GRP-410110, de fecha (24.02.2022); el Informe Nº 028-2022/GRP-410000, de fecha (28.02.2022); el Informe Nº 290-2020/GRP-460000, de fecha (08.03.2022); el Memorando Nº 105-2022/GRP-400000, de fecha (18.03.2022); el Memorando Nº 002-2022/GRP-200000-CPPyAT, de fecha (01.04.2022); el Informe Técnico Nº 034-2022/GRP-410110-AEMS, de fecha (05.04.2022); el Informe Nº 054-2022/GRP-410110, de fecha (07.04.2022); el Memorando Nº 140-2022/GRP-400000, de fecha (08.04.2022); CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27867, en su artículo 13º prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Además, en el artículo 15º literal a) señala que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el artículo 39º, modi fi cado por Ley Nº 31433, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, publicada en el diario o fi cial El Peruano, el 06 de marzo del 2022, que dispone lo siguiente: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)”; Que, la Ley Nº 31365 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, establece que: 16.1 Autorizase, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (…) l) Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, ha dispuesto lo siguiente: “Artículo 76. Transferencias Financieras 76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de pliegos o de entidades que no constituyen pliego presupuestario, es así que las transferencias fi nancieras que se puedan efectuar durante la ejecución, se autorizan y se regulan en las leyes anuales del presupuesto del sector público; Que, mediante O fi cio Nº 187-2021/MDP-A, de fecha 20 de Julio del 2021, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paimas-Ayabaca-Piura, da a conocer al Gobernador Regional de Piura, que la Municipalidad ha elaborado el expediente técnico del Proyecto “Creación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Rural en el Caserío de Tomapampa Alto” con CUI 2351939, siendo la Municipalidad Distrital de Paimas la unidad ejecutora, expediente técnico que ha sido aprobado mediante Resolución Gerencial Nº 187-2021-MDP-GM, de fecha 10 de Diciembre del 2021, por lo que solicita fi nanciamiento para la ejecución del proyecto; Que, mediante o fi cio Nº 017-2022-MDP-A, de fecha 25 de enero del 2022, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paimas- Ayabaca-Piura, reitera al Gobernador Regional de Piura, el fi nanciamiento del proyecto de inversión pública “Creación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Rural en el caserío de Tomapampa Alto, del Distrito de Paimas, Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura” Que, mediante Memorando Nº 002-2022/GRP- 200000-CPPyAT, se observó el expediente administrativo correspondiente a la Municipalidad Distrital de Paimas, por cuanto en el informe técnico Nº 020-2022/GRP-410110, indicaba que no contaba con el Formato 12-B, siendo este uno de los requisitos para que las entidades que realicen modi fi caciones presupuestarias con la fi nalidad de efectuar transferencias fi nancieras y de partidas siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones, en ese sentido mediante Informe Técnico Nº 034-2022/GP-410110-AEMS, 05 de abril del 2022, concluye que se ha veri fi cado que el formato 12 B de la inversión con Código Nº 2351939 correspondiente a la Municipalidad Distrital de Paimas, se encuentra debidamente actualizada, conclusión que es acogida mediante Informe Nº 054-2022/GRP-410110, de fecha 07 de abril del 2022, por la O fi cina de Programación Multianual el mismo que indica “con relación al expediente de la Municipalidad Distrital de Paimas, se ha veri fi cado que el formato 12 B de la inversión con Código Nº 2351939, se encuentra debidamente actualizado”, subsanando las inconsistencias advertidas; Que, mediante Informe Nº 023-2022/GRP-410000, de fecha 23 de febrero del 2022 la Gerencia Regional