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99 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto señalado en el Artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Cuarto: PONER DE CONOCIMIENTO el presente Acuerdo Regional a la Municipalidad Distrital de San Juan de Bigote, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Sexto: DISPENSAR el presente acuerdo de trámite de lectura y aprobación de acta. POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.ALFONSO LLANOS FLORES Consejero DelegadoConsejo Regional 2061579-1 Autorizan transferencia financiera a la Municipalidad Distrital de Tamarindo, para el cofinanciamiento de la inversión mejoramiento de infraestructura deportiva Hipólito Atoche Puga del Sector de Leticia del Distrito de Tamarindo, Provincia de Paita departamento de Piura ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 1924-2022/GRP-CR Piura, 20 de abril de 2022VISTO:El Informe Nº 006-2022-MDT/UP, de fecha (28.01.2022); la Resolución de Alcaldía Nº 040-2022-MDT/CM-A de fecha (28.01.2022); el Memorándum Nº 043-2022-PPTO/MDA, de fecha (01.02.2022); el Acuerdo de Concejo Nº 017-2022-MDT/CM-A, de fecha (28.01.2022); el O fi cio Nº 022-2022/MDT/A, de Fecha (31.01.2022); el Informe Nº 023-2022/GRP-410000, de fecha (23.02.2022); el Informe Técnico Nº 020-2022/GRP-410110-AEMS, de Fecha (24.02.2022); el Informe Nº 028-2022/GRP-410110, de fecha (24.02.2022); el Informe Nº 028-2022/GRP-410000 de fecha (28.02.2022); el Informe Nº 290-2020/GRP-460000, de fecha (08.03.2022); el Memorando Nº 105-2022/GRP-400000, de fecha (18.03.2022); el Memorando Nº 002-2022/GRP-200000-CPPyAT, de fecha (01.04.2022); el Informe Técnico Nº 034-2022/GRP-410110-AEMS, de fecha (05.04.2022); el Informe Nº 054-2022/GRP-410110, de fecha (07.04.2022); el Memorando Nº 140-2022/GRP-400000, de fecha (08.04.2022); CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27867, en su artículo 13º prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Además, en el artículo 15º literal a) señala que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el artículo 39º, modi fi cado por Ley Nº 31433, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, publicada en el diario o fi cial El Peruano, el 06 de marzo del 2022, que dispone lo siguiente: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)”; Que, la Ley Nº 31365 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, establece que: 16.1 Autorizase, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (…) l) Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, ha dispuesto lo siguiente: “Artículo 76. Transferencias Financieras 76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de pliegos o de entidades que no constituyen pliego presupuestario, es así que las transferencias fi nancieras que se puedan efectuar durante la ejecución, se autorizan y se regulan en las leyes anuales del presupuesto del sector público; Que, mediante O fi cio Nº 022-2022/MDT/A, de fecha 31 de enero del 2022, el Sr. Rosendo Atoche López, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tamarindo, solicita el fi nanciamiento para la ejecución del proyecto de inversión Mejoramiento de Infraestructura deportiva Hipólito Atoche Puga, del sector Leticia del distrito de Tamarindo del distrito de Vichayal, provincia de Paita, departamento de Piura con Código Único de Inversión Nº 2474878, cuyo monto de inversión asciende a S/ 1´166,065.77 (Un millón Ciento Sesenta y Seis Mil Sesenta y Cinco con 77/100 soles); Que, mediante Memorando Nº 002-2022/GRP- 200000-CPPyAT, se observó el expediente administrativo correspondiente a la Municipalidad Distrital de Tamarindo, por cuanto el Informe Técnico Nº 020-2022/GRP-410110, indicaba que el Proyecto de Inversión no se encontraba programado en el PMI, de alguna entidad, además de los formatos 8-A y formato 12 –B, no estaban actualizados, siendo este uno de los requisitos para que las entidades que realicen modi fi caciones presupuestarias con la fi nalidad de efectuar transferencias fi nancieras y de partidas siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones, en ese sentido mediante Informe Técnico Nº 034-2022/GP-410110-AEMS, 05 de abril del 2022, el encargado de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, concluye respecto de la Municipalidad Distrital de Tamarindo, se ha veri fi cado en los datos de Gobiernos Locales Incorporados al Invierte.pe, la Citada Municipalidad no se encuentra Incorporada, por lo que al ser la entidad a cargo de la ejecución de la inversión con código 2474878, esta no puede ser registrada en el PMI, se ha veri fi cado que el formato 12 B correspondiente a la Municipalidad Distrital de Tamarindo, encuentra debidamente actualizado, conclusión que es acogida mediante Informe Nº 054-2022/GRP-410110, de fecha 07 de abril del 2022, por la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, subsanando las inconsistencias advertidas; Que, mediante informe Nº 023-2022/GRP-41 0000, de fecha 23 de febrero del 2022 la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita a la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, opinión técnica respecto a la propuesta de modi fi cación presupuestaria para transferencia fi nanciera a 08 (ocho) Gobiernos Locales, inversiones que están a la espera de la transferencia fi nanciera por el monto total de S/ 13’961,849.00, por lo que se plantea una