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124 NORMAS LEGALES Viernes 5 de agosto de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su Artículo 8º, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia; en su Artículo 17º se ha establecido que los gobiernos regionales y locales, están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, el debate y la concertación de los planes de desarrollo y presupuesto, así como en la gestión pública; Que, de conformidad con la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 9º establece que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; y en el Artículo 15º, inciso a) señala que son atribuciones del Consejo Regional “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, la citada Ley en su Artículo 38º establece que, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con la Ley Nº 31365 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su Artículo 8º, numeral 8.1, inciso ñ, señala que se autoriza “El nombramiento de hasta el ochenta por ciento (80%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud (CLAS), a los que se re fi ere la Ley Nº 30957, se autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153 tuvieron vínculo laboral y que fueron identi fi cados en el marco de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2018”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, de fecha 16 de noviembre de 2021, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo por el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, que en su literal b) del numeral 5.1 de fi ne al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, de conformidad con el numeral 6.2 de la citada Directiva, establece los supuestos para la elaboración del CAP Provisional; en ese sentido, el Supuesto 2 previsto en el sub numeral 6.2.1.2 dispone que, aquellas entidades públicas que, a través de la Ley del Presupuesto Público para el año Fiscal correspondiente u otra norma sustantiva, son exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación, pueden emplear este supuesto, debiendo contar con la información presupuestal que justi fi que la creación e incremento de cargos o posiciones; Que, de conformidad con el sub numeral 6.3.1.8 del numeral 6.3 de la Directiva en comento, señala que de darse la opinión favorable de SERVIR, en relación a la propuesta del CAP – Provisional, la aprobación del mismo debe ser comunicada a la entidad mediante o fi cio de PE de SERVIR, el mismo que por tratarse de un Gobierno Regional, previamente debe efectuarse mediante Ordenanza Regional, para luego ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano; Que, Mediante Resolución Directoral Nº 074-2022-OGGRH/MINSA, de fecha 01 de febrero del 2022, se aprueba la relación nominal de 1238 declarados aptos para el nombramiento considerados en el Anexo 1A de la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA y su modi fi catoria, cuyo nombramiento corresponde efectuar en el año 2022, en el marco de lo dispuesto en el inciso ñ) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 31804 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, correspondiéndole al Pliego 461 Gobierno Regional de Tumbes 37 cargos clasi fi cados y asignados para el proceso de nombramiento del personal correspondiente al año 2021, perteneciéndole 21 cargos a la Dirección Regional de Salud Tumbes, a través de su órgano desconcentrado Dirección de Red de Salud Tumbes y 16 cargos a la Unidad Ejecutora 402 Hospital Regional José Alfredo Mendoza Olavarría “JAMO” II-2 Tumbes, conforme a lo establecido en la Ley Nº 31365; Que, mediante Resolución Directoral Nº 666-2021-OGGRH/MINSA, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 781-2021-OGGRH/MINSA, se aprueba la relación nominal de hasta el 20% de personal de salud declarado apto para el nombramiento considerados en el Anexo 1A de la Resolución Directoral Nº 280-2020/MINSA, que le corresponde nombrar en el tercer trimestre del año 2021 en el marco de lo dispuesto en el inciso n) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 31804 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, correspondiéndole al Pliego 461 Gobierno Regional de Tumbes 28 cargos clasi fi cados y asignados para el proceso de nombramiento del personal correspondiente al año 2021, perteneciéndole 07 cargos a la Dirección Regional de Salud Tumbes, a través de su órgano desconcentrado Dirección de Red de Salud Tumbes y 21 cargos a la Unidad Ejecutora 402 Hospital Regional José Alfredo Mendoza Olavarría “JAMO” II-2 Tumbes, conforme a lo establecido en la Ley Nº 31084. Y mediante Resolución Directoral Nº 074-2022-OGGRH/MINSA, se aprueba la relación nominal de 1238 declarados aptos para el nombramiento considerados en el Anexo 1A de la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA y su modi fi catoria, cuyo nombramiento corresponde efectuar en el año 2022, en el marco de lo dispuesto en el inciso ñ) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 31804 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, correspondiéndole al Pliego 461 Gobierno Regional de Tumbes, 37 cargos clasi fi cados y asignados para el proceso de nombramiento del personal correspondiente al año 2021, perteneciéndole 21 cargos a la Dirección Regional de Salud Tumbes, a través de su órgano desconcentrado Dirección de Red de Salud Tumbes; y, 16 cargos a la Unidad Ejecutora 402 Hospital Regional José Alfredo Mendoza Olavarría “JAMO” II-2 Tumbes, conforme a lo establecido en la Ley Nº 31365; Que, con la Ordenanza Regional Nº 013-2018/GOB. REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 04 de octubre del 2018, que derogó la Ordenanza Regional Nº 017-2017/GOB.REG.TUMBES-CR-CD y aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP – P 2018 de la Dirección Regional de Salud de Tumbes, de la Dirección de Red de Salud Tumbes y del Hospital Regional José Alfredo Mendoza Olavarría II-2 TUMBES. Que, con la Ordenanza Regional Nº 010-2020/ GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 20 de noviembre del 2020, modi fi có el Artículo Tercero y Cuarto de la Ordenanza Regional Nº 013-2018/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de la siguiente forma: Artículo Tercero: APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional 2020 de la Dirección de Red de Salud Tumbes de la Dirección Regional de Tumbes, con un total de cargos: Ocupados 483, Previstos 280 y un Total General de 763. Artículo Cuarto: APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional 2020 del Hospital Regional José Alfredo Mendoza Olavarría II-Tumbes, con un total de cargos: Ocupados 487, Previstos 691 y un Total General de 1178;