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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (06/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano / Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la precitada designación y, a su vez, designar al titular de la Unidad en mención a través de la emisión del acto administrativo correspondiente; Que, la Unidad de Recursos Humanos, mediante el Informe de Vistos, ha reportado que el señor WILFREDO UBER ASCENCIOS PRÍNCIPE cumple con el per fi l establecido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 0026-2022-ANA-GG, para ostentar el cargo de Subdirector 3 como Directivo Superior de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la O fi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua; Con los visados del Sub Director de la Unidad de Recursos Humanos, del Director de la O fi cina de Administración, del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Gerente General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, así como en el Reglamento Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1. Conclusión de designación Dar por concluida, a partir del 06 de agosto de 2022, la designación conferida mediante artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 0179-2022-ANA al señor Raúl Segundo Díaz Villacorta, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designación Designar, a partir del 06 de agosto de 2022, al señor WILFREDO UBER ASCENCIOS PRÍNCIPE en el cargo de Subdirector 3 de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la O fi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua, bajo el Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1057 y demás modi fi catorias. Artículo 3. Noti fi cación Poner a conocimiento el contenido de la presente Resolución Jefatural a los señores Raúl Segundo Díaz Villacorta y Wilfredo Uber Ascencios Príncipe, así como a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua, para los fi nes pertinentes. Artículo 4. Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese,ALFONSO PABLO HUERTA FERNÁNDEZ Jefe 2093206-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2022” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 164-2022-INEI Lima, 5 de agosto de 2022Vistos, el O fi cio Nº 003755-2022-INEI-DNCE; O fi cio Nº 003527-2022-INEI-DNCE y el Informe Nº 040-2022-INEI/DNCE-DECEEE-ENA, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas o fi ciales a nivel regional y nacional; Que, mediante O fi cios Nº 003755-2022-INEI-DNCE y Nº 003527-2022-INEI-DNCE, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, en base al Informe Nº 040-2022-INEI/DNCE-DECEEE-ENA, solicita se autorice la ejecución de la Encuesta Nacional Agropecuaria 2022 que se ejecutará del 3 de agosto de 2022 al 15 diciembre de 2022, cuyo objetivo es generar información para la construcción de indicadores del sector agropecuario, de la Política Nacional Agraria y del marco de Presupuesto por Resultados que permita evaluar de forma continua la evolución de dichos indicadores y contribuir al diseño y orientación de políticas públicas para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, para cuyo efecto adjunta los Cuestionarios a utilizarse en dicha investigación estadística; Que, mediante Informe Nº 040-2022-INEI/DNCE- DECEEE-ENA, el responsable de la Encuesta Nacional Agropecuaria, señala que la Encuesta Nacional Agropecuaria está dirigida a pequeñas y medianas unidades agropecuarias, que conducen unidades agropecuarias hasta con 50,0 hectáreas de super fi cie agrícola cultivada; cuya condición jurídica es persona natural, y a “Grandes productores/as agropecuarios/as”, que conducen unidades agropecuarias que son: Empresas agrícolas, Empresas pecuarias (Granjas avícolas y granjas porcinas, granjas de cuyes, centros de engorde y establos) y, las personas naturales con más de 50,0 hectáreas de super fi cie agrícola cultivada y se aplicaran dos tipos de cuestionarios: Cuestionario electrónico en Tablet dirigido a pequeños/as y medianos/ as productores/as agropecuarios/as y Cuestionario web dirigido a grandes productores/as agropecuarios/as (empresas y grandes productores/as); Que, el artículo 81 concordante con el artículo 83 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI, aprobado por Decreto Supremo N°043-2001-PCM precisa que son fuentes de información estadística del Sistema Nacional de Estadística, las personas naturales o jurídicas que se encuentran en el país, las que están obligadas a suministrar la información de uso estadístico a los órganos del Sistema, en la forma, términos y plazos que se fi jen, en formularios aprobados por Resolución Jefatural del INEI; Que, en ese contexto, resulta necesario autorizar la ejecución de la Encuesta Nacional Agropecuaria 2022, y aprobar los Cuestionarios: Cuestionario electrónico dirigido a pequeños y medianos productores/as agropecuarios/as y el Cuestionario web dirigido a grandes productores/as agropecuarios/as (empresas y grandes productores/as); Estando a lo propuesto por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2022”, dirigida a: pequeños, medianos y grandes productores/as agropecuarios/as, en la modalidad de entrevista directa y auto diligenciamiento, a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, durante el periodo de 3 de agosto de 2022 al 15 diciembre 2022.