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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (06/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano / Artículo 2.- Aprobar, el Cuestionario electrónico dirigido a pequeños y medianos productores/as agropecuarios/as y el Cuestionario web dirigido a grandes productores/as agropecuarios/as (empresas y grandes productores/as. Artículo 3.- Las personas naturales y jurídicas a que se re fi ere el inciso b) del Art. 1 de la presente Resolución, que incumplan con brindar la información solicitada dentro del plazo establecido; serán pasibles de ser sancionados con multa, conforme a lo dispuesto por los Artículos 87, 89 y 91 del D.S. N° 043-2001-PCM. Precisando que el pago de la multa no exime a las personas naturales y jurídicas de la obligación de presentar la información solicitada. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el Portal Web lnstitucional (www.inei.gob.pe). Regístrese y comuníquese. DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 2093023-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Autorizan Transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 115 -2022-SUNARP/SN Lima, 27 de julio de 2022VISTOS; el O fi cio Nº 001246-2022-CG/GAD del 23 de junio de 2022, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Memorándum Nº 798-2022-SUNARP/OPPM del 18 de julio de 2022, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorándum Nº 1060-2022-SUNARP/OA del 18 de julio de 2022; el Informe Nº 333-2022-SUNARP/OA del 22 de julio de 2022, de la O fi cina Administración; y, el Informe Nº 682-2022-SUNARP/OAJ del 26 de julio de 2022, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 210-2021-SUNARP/ SN del 29 de diciembre de 2021, se aprobaron los recursos que fi nancian el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, en el marco de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que la designación de las Sociedades de Auditoría se efectúa previo concurso público de méritos, y son contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Que, conforme al mencionado dispositivo legal, las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría (SOA), previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del jefe de la O fi cina de Administración y del jefe de la Ofi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el precitado artículo dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisándose que la resolución del Titular del pliego se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237-2021- CG del 4 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo. Según el tarifario (Anexo Nº 1 de la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG), el monto por concepto de retribución económica más IGV, es de S/ 1’484,534.00 (Un millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro con 00/100 soles); Que, con O fi cio Nº 001246-2022-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en lo que respecta al periodo 2022, la entidad deberá optar por alguna de las tres (3) opciones siguientes: Realizar la transferencia fi nanciera del 100% de la retribución económica (que asciende a S/ 1’484,534.00), o realizar la transferencia fi nanciera del 50% de la retribución económica y remitir una previsión Presupuestal por el saldo con cargo al presupuesto del 2023 a transferir como máximo hasta el mes de enero del 2023, o enviar una previsión presupuestal por el 100% con cargo al presupuesto institucional 2023 a transferir como máximo hasta el mes de enero del 2023; Que, a través del Memorándum Nº 1060-2022-SUNARP/OA, la O fi cina de Administración solicita a la O fi cina Planeamiento, Presupuesto y Modernización otorgar la disponibilidad presupuestal correspondiente por el importe de S/ 1’484,534.00 (Un millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro con 00/100 soles), a efectos de cumplir con la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, con Memorándum Nº 798-2022-SUNARP/ OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización otorga disponibilidad presupuestal, en tal sentido emite el Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nº 0000000385 de fecha 18 de julio de 2022, por el monto total de S/ 1’484,534.00 (Un millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro con 00/100 soles), por los gastos de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la Republica por concepto de retribución económica, periodo 2022; Que, a través del Informe Nº 333-2022-SUNARP/ OA, la O fi cina de Administración adjunta y expresa su conformidad con el Informe Nº 109-2022-SUNARP/OA/UC del 22 de julio de 2022, elaborado por la Unidad de Contabilidad, mediante el cual se emite opinión favorable sobre la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la Republica, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la Auditoría Financiera Gubernamental a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente al periodo 2022; recomendando la emisión de la Resolución de la Superintendencia Nacional que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la Republica por el importe de S/ 1’484,534.00 (Un millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro con 00/100 soles); Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,