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19 NORMAS LEGALES Domingo 14 de agosto de 2022 El Peruano / Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil a través de la Carta N° 4/AIDEF/EMCFA-MD, a fi n que se designe a un (1) representante para que participe de la III Reunión de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON” Brasil - Perú, a realizarse del 15 al 19 de agosto de 2022, en la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil; Que, a través de los O fi cios N° 000451-2022-GG- MIGRACIONES, N° 000452-2022-GG-MIGRACIONES y N° 000457-2022-GG-MIGRACIONES, la Gerencia General de MIGRACIONES hace de conocimiento del Ministerio del Interior, la invitación mencionada precedentemente, y remite la documentación que sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Superintendente Nacional de MIGRACIONES en el mencionado evento, para el trámite de la autorización correspondiente; Que, con Informe N° 000156-2022-DPM- MIGRACIONES de fecha 4 de agosto de 2022, la Dirección de Política Migratoria de MIGRACIONES sustenta la importancia e interés institucional de la participación del Superintendente Nacional de MIGRACIONES en la III Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON” Brasil - Perú, toda vez que esta constituye una excelente oportunidad para que dicha entidad pueda intercambiar información migratoria relevante, así como acordar trabajos de colaboración con su par brasileño, a efectos de prevenir o combatir la migración irregular, la trata de personas y el trá fi co ilícito de migrantes en la zona fronteriza; Que, asimismo, con Informe N° 000702-2022-OAJ- MIGRACIONES, precisado mediante Informe N° 000708-2022-OAJ-MIGRACIONES, de fechas 9 y 12 de agosto de 2022, respectivamente, la Oficina de Asesoría Jurídica de MIGRACIONES estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Jorge Armando Martín Fernández Campos, Superintendente Nacional de MIGRACIONES, del 14 al 20 de agosto de 2022, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, ya que cuenta con los fundamentos requeridos y se encuentra conforme a lo dispuesto en la Ley N° 31365, la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificatoria; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación en el evento indicado se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones; Que, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Jorge Armando Martín Fernández Campos, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, para que participe en la III Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON” Brasil - Perú; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Jorge Armando Martín Fernández Campos, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 14 al 20 de agosto de 2022, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto y viáticos, que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Pasajes aéreosUS$ 1 665,70 1 1 665,70 Viáticos US$ 370,00 6 1 2 220,00 Artículo 3.- Disponer que el servidor cuyo viaje se autoriza, presente al Titular del Sector, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo.4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2095521-1